Francisco Bayón fue sometido ayer a un juicio abreviado para darle cierre a las causas que estaban a la espera de debate. Se trata del sujeto que raptaba víctimas para luego violarlas. Su perversión se hizo pública con el caso de Gabriela Córdoba, la chica a la que hizo caminar 200 kilómetros a campo traviesa durante 19 días. Ayer recibió una pena de 13 años, tras la unificación de tres condenas. Todavía le queda afrontar un juicio por el último hecho.
La parte acusadora fue representada por la funcionaria Lorena Gárate, mientras que el imputado fue asistido por la defensora pública, Matilde Cerezo. Se debe tener presente que Bayón venía cumpliendo una condena de 6 años de prisión por el abuso de una adolescente, ocurrido en 2010. En tanto, a principios de abril se elevó a juicio otra causa por idéntico delito y a mediados de mayo se confirmó la elevación de una más con penas que fueron de los 8 a los 11 años de cárcel como pretensión punitiva.
En la primera de esas dos causas mencionadas se acordó una pena de 7 años y se unificó con la condena que ya venía cumpliendo, quedando la misma en 8 años.
Esta última, además, se unificó con otra pena de 8 años que fue pactada en el juicio abreviado de ayer y finalmente, por el método composicional de unificación de pena, quedó en 13 años de cumplimiento efectivo.
No obstante, todavía le queda pendiente la causa que tuvo como víctima a Gabriela Córdoba, la cual aún está en etapa de investigación.
EL HECHO
La causa por la que ayer se hizo el juicio abreviado data de mediados de setiembre de 2011 y tuvo como víctima a una menor de edad. La Fiscalía la había calificado como rapto en concurso real con privación ilegítima de la libertad en concurso real con acceso carnal. No obstante, la defensa cuestionó esa calificación por entender que no correspondía la privación ilegítima de la libertad.
En virtud de esa diferencia entre las partes, el magistrado que presidió la audiencia preliminar se tomó tres días para resolver y finalmente dictó el auto de elevación a juicio. Lo hizo sin el concurso de la privación ilegítima, como lo pedía la defensa.
Por lo tanto la calificación quedó como rapto en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, al menos 3 hechos en concurso real y en calidad de autor.
La segunda causa que fue unificada se elevó a juicio a principios de abril durante la audiencia preliminar que presidió el juez penal Américo Juárez.
El delito es similar pero el magistrado cambió el concurso de real a ideal, quedando como rapto en concurso ideal con abuso sexual con acceso carnal en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad.
En este, la víctima también fue una menor que al momento del hecho -17 de octubre de 2011- tenía 16 años.
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