Condenaron a 18 años de prisión a Federico Guardo

Condenaron a 18 años de prisión a Federico Guardo
El tribunal lo halló culpable de iniciar el fuego que acabó con la vida de su ex novia y la madre de ésta, sucedido hace 9 años. Además deberá pagar una indemnización de $ 570 mil.
La Justicia encontró responsable del fallecimiento de dos mujeres a Carlos Federico Guardo y en consecuencia le impuso 18 años de prisión como condena.

Además, fijó una indemnización por todo concepto de $ 570.000, actualizable de acuerdo con la tasa pasiva del Banco de la Nación Argentina entre la fecha del hecho y hasta que se haga efectivo el pago de la misma.

Transcurrieron casi dos meses desde que comenzó el debate en la Cámara del Crimen de Segunda Nominación, tiempo en el que se suscitaron numerosos incidentes entre las partes y se produjeron medidas probatorias.

También, hubo un cambio de abogados defensores cuando se estaba llegando a los alegatos.

Pero lo concreto fue que el tribunal presidido por Osvaldo Pérez Roberti e integrado por Roberto Encalada y Rosa Piazza de Montoto, halló culpable a Guardo de incendio seguido de muerte.

Para los magistrados, está probado que en la madrugada del 28 de julio de 2004, el entonces joven estudiante concurrió a la vivienda de su ex novia, Silvia Chávez, para iniciar un foco ígneo que derivó en un voraz incendio.

Esto sucedía en la casa emplazada en la esquina de Sebastián Ábalos y San Juan del barrio Primera Junta de esta capital.

Las llamas provocaron lesiones irreversibles a la chica y a su madre, Estela Chávez, por lo que dejaron de existir a los pocos días de haber ingresado en grave estado al Hospital Regional.

Sobre lo que habría desencadenado la tragedia, Graciela Chávez, hermana y tía de las extintas, opinó: “Mi sobrina había decidido poner fin a la relación (con Guardo). Ella cumplía años el 15 de julio. Él vuelve a ensañarse con ella porque había entablado una relación sentimental con otro muchacho y él se entera. Entonces le manda una carta pidiéndole que quería volver con ella y mi sobrina no ha aceptado. A los pocos días, ha sido el incidente”.

Asimismo, reveló que “(el acusado) ejercía constantemente su poder y nombraba a los padres. Nosotros siempre hemos buscado un responsable no un culpable”.

Visión de las fiscales

La responsable de la Unidad Fiscal de Recursos, Mariela Bitar de Papa, conocía bien la causa porque eran fiscal de instrucción cuando ocurrió el mortal hecho y en el alegato había pedido veinte años de condena para Guardo, que es la máxima para el delito que se le atribuía.

“Es una pena considerable y justa”, esbozó la funcionaria judicial. “Hoy estamos contentas porque creemos que realmente se ha hecho justicia y que estas dos personas van a poder descansar en paz. Para la Fiscalía se ha alcanzado la certeza de que fue él (Guardo) quien introdujo, por debajo de la puerta, combustible y luego le prendió fuego, que terminó con la vida de las dos víctimas”.

Por su parte, la otra fiscal del juicio, María Eugenia Carabajal, opinó que “podría haberse tratado como un caso de femicidio, porque está debidamente acreditado el maltrato constante y permanente del que era blanco la chica por parte del imputado”. Pero en 2004, el Código Penal no tenía esa figura.

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