Condenan a la Provincia por la contaminación sonora que causa el edificio de Rentas

Se trata del primer amparo ambiental por contaminación sonora en el NOA. La Provincia deberá remover tres torres de enfriamiento de tipo industrial instaladas en el nuevo edificio de la Dirección General de Rentas (DGR). Una medida cautelar impone horarios para el funcionamiento de los equipos. Expertos determinaron que se generan decibeles por encima de los niveles aconsejados por la normativa vigente.
La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo condenó la semana pasada a la Provincia a reemplazar, en el plazo de un año, tres torres de enfriamiento del equipo de aire acondicionado instalado en el nuevo edificio donde funciona Dirección General de Rentas (24 de Septiembre 960/970), por la polución sonora que ocasionan.

De esta forma, los vocales Carlos Giovanniello y Rodolfo Novillo emitieron un fallo de características inéditas: se trata del primer amparo ambiental por contaminación sonora en el NOA.

La causa fue iniciada en marzo de 2009 por una vecina lindante al edificio en cuestión quien demandó a la Provincia por los permanentes ruidos molestos que causan las tres torres de enfriamiento. Aseguró en su demanda que el sonido y las vibraciones se extienden durante las 24 horas del día a tal punto que la afectada debió mudarse dado el nivel de afectación causado.

Su abogado patrocinante, Francisco Marcos Torres, contó a primerafuente que meses antes de su apertura al público, en abril de 2008, ya se habían iniciado una serie de acciones administrativas ante las autoridades de la DGR para intentar solucionar esta situación.

“Como no hubo respuestas, en marzo de 2009 se presentó una demanda de amparo por daño al ambiente. Finalmente la Justicia dio lugar a nuestra presentación y ordenó al director de Rentas (Pablo Clavarino), a suspender el funcionamiento de las torres de enfriamiento en el horario de 20 a 8 de la mañana, de lunes a domingo, hasta tanto se dicte sentencia en la cuestión de fondo”, explicó Torres.

Sin embargo, el abogado aclaró que la orden judicial sólo fue respetada durante tres meses por lo que las estridencias continúan hasta la fecha.

Para sustentar su presentación, Torres aportó a modo de prueba mediciones acústicas realizadas por la Cátedra de Gestión Ambiental, Salud Ocupacional y Seguridad -dependiente de la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnología de la UNT- que corroboran la emanación de ruidos que superan considerablemente a lo establecido según la normativa vigente.

“Es tan fuerte el sonido que en los balcones de los edificios aledaños se debe hablar a los gritos o mediante señas”, ejemplificó Torres.

Los camaristas fundamentaron su veredicto en el artículo 41º de la Constitución Nacional que reconoce el derecho a gozar de un ambiente sano y en el artículo 41º de la Constitución Provincial consagra como política prioritaria del Estado la preservación del medio ambiente, a la vez que lo declara patrimonio común de todos.

En la sentencia, a la que tuvo acceso primerafuente en forma exclusiva, los vocales confirmaron la existencia de ruidos molestos “emitidos por las torres de enfriamiento de un equipo de aire acondicionado destinado para uso industrial alejado de centro urbanos y por tanto no apto para uso en oficinas céntricas”.

La sentencia también valoró informes técnicos que desaconsejan la construcción de una cabina de insonorización. De hecho, Rentas, una vez iniciada la demanda, construyó muros alrededor de los equipos para contener la emanación de ruidos que no dieron resultado alguno, según Torres.

La condena obliga a la Provincia a reemplazar las torres de enfriamiento en el término no mayor de un año. “Cumplido el término, el uso de los acondicionadores de aire, en las condiciones actuales, quedará totalmente prohibido”, agrega el fallo. Hasta que esto suceda, Rentas deberá acatar el amparo que la obliga a suspender el funcionamiento de los equipos de 20 a 8 de la mañana.

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