A raíz de una denuncia de un grupo de vecinos de nuestra ciudad , la Suprema Corte bonaerense condenó al Municipio por suministrar agua con alto contenido de arsénico.
La sentencia de la Corte revocó otra dictada anteriormente por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Junín, que había rechazado el amparo presentado por un grupo de vecinos .
"Ha quedado demostrado debidamente como lo reconocen las partes mismas que la provisión del servicio de agua en el municipio de Junín excede el límite máximo establecido por la Ley 11.820 y el Código Alimentario Nacional", sostuvo el juez Hitters en su voto.
Según el mismo fallo, si se consume agua que excede los límites de arsénico aludidos (0,05 ml/l) debe hablarse de consumidores de agua contaminada y no de agua potable. La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda como valor máximo para dicho componente el de 0,01 ml/l.
El agua con arsénico se distribuye a través de la sangre y se deposita en diferentes órganos como el pulmón, riñón, piel, dientes, pelo y uñas. Los trastornos más comunes son la quedatodermia, la leucodermia, el epitelioma (cáncer) de piel tipo Bowen, el epitelioma espino celular, el cáncer de pulmón y de laringe.
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