SAENZ PEÑA (Agencia) --La Cámara en lo Contencioso Administrativo ratificó el fallo del juez saenzpeñense Hugo Osiska, que había ordenado la restitución del suspendido presidente del Concejo municipal, y ayer --según informa el Poder Judicial del Chaco-- el propio magistrado, con este instrumento en mano, dictó una nueva resolución mediante la cual advierte que queda firme la medida cautelar y, por lo tanto, el Concejo no tiene otra salida que restituir en forma inmediata al suspendido Peche.El magistrado rechazó el recurso de apelación y los ediles tienen tiempo de descuento para reponer en el cargo a Peche, en caso contrario volverán a incurrir en una desobediencia judicial, según la explicación de las fuentes tribunalicias.
En la resolución del juez del Trabajo Hugo Osiska, el magistrado consideró que el primer dictamen referido a la medida cautelar no se ha cumplido en tiempo y forma, y corresponde intimar a cada uno de los integrantes del Concejo a arbitrar todos los medios necesarios a su alcance a fin de que la resolución dictada sea efectivamente cumplida.
Por esta razón, el juez le reiteró al cuerpo que debe restituir en el cargo a Peche, a quien el Concejo lo suspendió por 120 días sin goce de haberes, por haber saludado en representación del cuerpo deliberante al presidente de la Legislatura chaqueña, Juan José Bergia, cuando estaba en uso de licencia por enfermedad y por no haber rendido en tiempo y forma los viáticos que el ejecutivo le facilitó para viajar a Buenos Aires.
El fallo
Peche obtuvo una medida cautelar favorable y, como consecuencia, el Concejo presentó un recurso de apelación que fue concedido en relación y con efecto no suspensivo; es decir, equivale a una denegatoria de ese recurso, al tenerse que efectivizar la reincorporación del edil suspendido a la presidencia del cuerpo, antes de que el tribunal de alzada revise el pronunciamiento.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Resistencia evaluó que se invocó la aplicación del artículo 16 de la ley de amparo, que ordena conceder el recurso de apelación con efecto suspensivo cuando se trata de actos, resoluciones o normas legítimas. El juez, sin embargo, decretó su inconstitucionalidad, por lo que luego falló con intimaciones al cuerpo para su restitución e incluso ordenó pagar 200 pesos diarios de su propio peculio a los concejales que se opusieron a la reasunción.
Por esta razón y otras de carácter técnico, la Cámara en lo Contencioso Administrativo desestimó el recurso de queja presentado por los concejales; y, con este fallo, sumado al del juez Osiska --que deja sin instrumentos legales para continuar litigando el tema--, Peche tendrá que reasumir la presidencia del Concejo de Sáenz Peña.

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