El Concejo aprobó el nuevo Código de Planeamiento Urbano y extendió el Fondo de Desarrollo a toda la ciudad

La ordenanza establece qué actividades se pueden desarrollar en cada sector de la ciudad y define alturas máximas para los edificios en las distintas zonas. Extiende además el alcance del Fondo de Desarrollo Urbano a todo el territorio de Posadas. Para construir un edificio de más de cuatro pisos habrá que aportar a ese fondo cuyo destino será desarrollar sectores más retrasados en infraestructura y servicios.

En una sesión extraordinaria que se desarrolló este mediodía, el Concejo Deliberante de Posadas aprobó la actualización del código de planeamiento urbano. El proyecto fue detalladamente analizado por los concejales en reuniones de comisión.

Según indicó el coordinador Ejecutivo de la Unidad Ejecutora de Proyectos Especiales, Lino Fornerón, se trata de un trabajo que “comenzó con el Plan Estratégico Posadas 2022, después se trabajó intensamente en el Plan Urbano Ambiental para Posadas, ocurre que para hacer efectivos los proyectos y objetivos de este plan, son necesarias instrumentos y herramientas y este nuevo ordenamiento urbano es uno de esos instrumentos”.

Explicó que uno de los aspectos centrales del nuevo ordenamiento es la definición de indicadores urbanísticos, que definen las posibilidades de uso que se le puede dar al territorio en cuanto a la actividad que allí se puede desarrollar y la intensidad con la que se pueden desarrollar esas actividades, por ejemplo, hasta qué altura se puede construir, el factor máximo de ocupación del suelo y otros elementos de neto corte técnico en función de la propiedad.

En el centro, por ejemplo, se podrá construir en algunas zonas hasta 10 pisos y en otras, hasta 15 pisos en perímetro libre.

“Se hizo un trabajo de análisis de los usos y actividades que puedan realizarse en la ciudad. Se han identificado sectores de carácter industrial, para grandes equipamientos y corredores comerciales. Buscamos ordenar la ciudad no solo en la densidad sino también en las actividades”, dijo.

Aclaró además que la ordenanza amplía a toda la ciudad el ámbito de aplicación del Fondo de Desarrollo Urbano, que hasta ahora tenía como ámbito de aplicación solo el frente fluvial. “A partir de ahora todo lo que se construya va a estar afectado por este fondo de acuerdo con la complejidad de lo que se construya, la altura del edificio. Ninguna construcción por debajo de los 9 metros está afectada por el fondo, quedan excluidas viviendas familiares. A partir de los cuatro pisos deberán aportar al fondo por utilizar los indicadores urbanísticos diferenciales y por aprovecharse de una situación en la que el Estado seguramente hizo que el sitio de inversión fuera propicio, porque lo dotó de infraestructura y servicios. El inversor deberá aportar al fondo que se utiliza únicamente con el objetivo de mejorar sectores de la ciudad que son áreas vulnerables, sanear arroyos, por ejemplo”, detalló Fornerón.

Por su parte, la presidente del cuerpo deliberativo Maggie Solari explicó que la sesión extraordinaria refirió al uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 151 de la Carta Orgánica Municipal y el Artículo 12 del Reglamento Interno. Hubo sendas reuniones en comisión en el Concejo para el tratamiento previo de la modificatoria del Código de Planeamiento Urbano de Posadas, de las que han participado el sector privado dando la mayor calidad de aportes. El proyecto fue debatido y se ha tratado en instancias de comisión con las puertas abiertas a todos los sectores de la comunidad y las distintas cámaras.

La iniciativa de la reforma se ubica en la necesidad de readecuarlo a la actualidad y realidad de Posadas, buscando un perfil de ciudad sustentable, pero apuntando, además, a tener equilibrios entre el sector privado y estatal, como mantener el cuidado del ambiente y las inversiones de los sectores; teniendo por ámbito de aplicación a todo el ejido municipal en el que se exceptúa la aplicación a lo que respecta al sector urbano denominado Frente Fluvial que ya se encuentra establecida en la Ordenanza 2916/11.

Cabe recordar que el nuevo Código de Planeamiento Urbano ha derogado la norma anterior que la regía en materia de edificación, la que databa de la última dictadura militar. Esta nueva norma no solo se adecua a las exigencias actuales, sino que también pasa a integrar parte de la nueva legislación en plena vigencia de la democracia.

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