El estatuto propuesto para regir la SUMO Sapem quedó redactado en forma definitiva y la semana pasada fue elevado al Concejo Deliberante para su tratamiento. Ahora, los bloques deberán evaluar los aspectos volcados en la reglamentación para votar su convalidación, tal cual fue acordado previamente.
La Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria fue creada para la administración del nuevo estacionamiento medido, el boleto electrónico de colectivo y posteriormente las bicicletas públicas, el llamado Sistema Unico de Movilidad Ordenada (SUMO). El expediente llegó a la presidencia del cuerpo y ya está en manos de los concejales del bloque radical y del Frente Para la Victoria, que comenzó con un primer acercamiento. En tanto, se prevé que el proyecto ingrese, en principio, a las comisiones de Interpretación y Asuntos Legales y Transporte para su evaluación en una instancia previa al debate en el recinto. Mientras se define la constitución de la estructura, el Gobierno creó una dirección encargada del gerenciamiento de los nuevos sistemas -en una etapa de transición hasta la constitución final de la empresa- que se encuentra a cargo de Gabriel Bayerque. Los puntos Para la redacción del estatuto se basaron en la Ley de Sociedades Comerciales, la 19.550, y en el caso de la SUMO Sapem, en la Ordenanza 14.264 que autorizó al Ejecutivo a crear la nueva empresa. En diálogo con El Eco de Tandil, el secretario de Legal y Técnica, Atilio Della Maggiora, repasó los puntos incorporados explicando que sobre la estructura de los artículos de una sociedad anónima de estas características se realizaron algunos “ajustes” en función de la Ordenanza 14.264 sancionada en el Concejo Deliberante. Así, el texto determinó una serie de puntos que debían quedar cristalizados en el contenido del estatuto. Entre los aspectos fijados y exigidos, el funcionario citó el artículo cuarto de la normativa que contempla un “régimen especial” para la eventual decisión de ampliar o modificar el objeto social de la Sapem. En ese sentido se acordó una “aprobación previa por parte del Concejo Deliberante que será decidida por la mayoría de los miembros, y que el presente artículo sea incorporado”, y efectivamente así se reflejó en el proyecto. Vale mencionar que el amplio objeto social con diez grandes actividades planteado inicialmente quedó acotado a uno, al servicio de transporte público de pasajeros, el boleto electrónico, el transporte a localidades rurales, el sistema de estacionamiento medido y operaciones vinculadas con estas funciones. Otro punto que hubo que adaptar fue la existencia de una Comisión Fiscalizadora integrada por tres síndicos titulares e igual número de suplentes, “con la particularidad de que tienen un sistema de elección específico adaptado a los consensos políticos que se logren en el Concejo Deliberante”, aclaró. Y graficó que uno será designado por el Departamento Ejecutivo, otro por acuerdo de los partidos políticos, alianzas o fuerzas políticas opositoras al Gobierno, y el tercero por los accionistas privados, en este caso, la Cámara de Transporte, y definió como “novedoso” el modo de la elección de los síndicos. Del artículo 12 de la ordenanza también se desprende la creación de una comisión de control y seguimiento de la Sapem, que “estará constituida por un concejal en representación de la mayoría y uno en representación de cada uno de los otros bloques que compongan el Concejo Deliberante”. Si la comisión queda conformada por un número par, “el presidente tendrá doble voto en caso de empate”, puntualizó y remarcó que este aspecto “se creó especialmente para ejercer control” sobre la empresa. Además, cualquiera de los miembros de la comisión de control y seguimiento del Concejo puede requerir informes, propuestas o hacer sugerencias en forma de dictamen a las autoridades de la Sapem, e incluso convocar al directorio de la sociedad y esto está inserto en el estatuto. “Será obligatorio para el directorio acudir a la convocatoria y responder a los informes solicitados por la comisión de control y seguimiento dentro de los 30 días de solicitado el informe o realizada la convocatoria”, indicó. En función del artículo 18 de la ordenanza se adaptó su redacción al proyecto los casos en los que la Sapem solicite créditos. Al respecto, Della Maggiora explicó que se estableció que “puede solicitarlo cualquiera sea la entidad otorgante por montos que por lo menos alcancen el 1 por ciento del presupuesto municipal consolidado”, mientras que si lo supera “deberá requerir la autorización del Concejo Deliberante”. Este requisito también fue incorporado al estatuto como herramienta de control “para que no haya decisiones exclusivas de la Sapem en torno al nivel de endeudamiento”, explicó el secretario de Legal y Técnica. En cuanto al capital social formal que tendrá la Sumo Sapem para comenzar a funcionar se estipuló un “capital inicial de 500 mil pesos, que se dividen en 5 mil acciones de 100 pesos cada una”, a la vez que platea las composiciones y las categorías de cada una de ellas. “Un primer proyecto” Sobre la base de los puntos impuestos por la ordenanza y la normativa que regula este tipo de estructuras fue que se elaboró “un primer proyecto” que fue trabajado en conjunto con la Cámara de Transporte. En cuanto a esas reuniones, el secretario informó que se desarrollaron con normalidad, aunque se plantearon “algunas dudas” respecto a los sistemas de elección y además se hicieron propuestas que finalmente quedaron incorporadas puesto que “no generaban ningún choque con la ley o la ordenanza”.
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