San Luis (Pelr) 22-12-10. Los concejales capitalinos de la oposición, Francisco Guiñazú, Raúl Ruffa y Alberto Despouy; recusaron con causa a la ministro del Superior Tribunal de Justicia de San Luis, Lilia Novillo, porque “no solamente ha sido una activa militante y defensora de las políticas oficiales tanto provinciales como municipales, sino que ha cumplido diversas e importantes funciones en consonancia con su vinculación política con el poder local”.
La presentación judicial de la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, a la que hacen referencia los concejales, es la que se presentó ante el Superior Tribunal de Justicia de San Luis, solicitando que sea la justicia la que ordene al Concejo Deliberante de San Luis que envíe los números de las ordenanzas, según una opinión muy quo vadis de Alicia Lemme que han sido aprobadas en forma ficta por no haber sido tratadas en tiempo. Si bien esto figura en la Constitución Provincial, solamente es para los proyectos que ingresan en la legislatura provincial y no para los proyectos de ordenanza municipal, para lo cual rige la Carta Orgánica Municipal. Entre estos proyectos de ordenanzas no tratados y pretendidas aprobadas en forma ficta, se encuentra el Presupuesto 2011.
Entre los fundamentos, los concejales sostiene que “tal y como es de público y notorio conocimiento la Dra. Lila Novillo no solamente ha sido una activa militante y defensora de las políticas oficiales tanto provinciales como municipales, sino que ha cumplido diversas e importantes funciones en consonancia con su vinculación política con el poder local”.
Además de señalar que “bien dicha realidad objetiva, también ha generado una intensa familiaridad de trato con la Sra. Intendente Municipal, toda vez que la ministra recusada ha cumplido diversas funciones publicas, además del vinculo familiar que tiene con el actual Secretario de Transporte Municipal (suegra); por lo que mérito a ello, los aquí presentantes consideramos que no están dadas las condiciones de objetividad e imparcialidad necesarias para conocer y resolver en esta temeraria demanda judicial que pretende sustituir al Concejo Deliberante de San Luis (del que formamos parte), por el Superior Tribunal de Justicia sin tener en cuenta que las sanciones fictas de las normas jurídicas no solo que fueron definitivamente excluidas por el Art 82 de la Constitución Nacional, sino que aquella (sanción ficta) no se encuentra prevista en el orden jurídico municipal, tal como debiera conocer la actora en este juicio”.
Comentá la nota