El Concejal Lucas Burgos presentó al Concejo Deliberante un proyecto para la inclusión laboral a personas con discapacidad, señalando que 'que los Poderes del Estado de la ciudad de Chivilcoy y sus organismos descentralizados o autárquicos y las empresas del Estado no cumplen con la Ley Nacional Nº 26.378, la cuál es integral en el abordaje de las diversas cuestiones vinculadas a la Discapacidad, infiriéndose al empleo y al trabajo.
El Articulo Nº 8 de dicha Ley habla de la obligatoriedad de ocupar puestos de trabajos a personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo en una proporción no inferior al cuatro por ciento de la totalidad de su personal y establecer reservas de puestos de trabajo para ser ocupados por ellos'. 'Según datos del la O.M.S., mas de 1.000 millones de personas viven con algún tipo de discapacidad esta cifra representa al 15 por ciento de la población mundial. A nivel Nacional según datos revelados por la Escuela Nacional sobre Discapacidad, el porcentaje de discapacidad es de alrededor del diez por ciento'. Al respecto de la inclusión laboral de las personas con discapacidad 'es posible aseverar que a nivel local no existen políticas públicas integrales en esta materia, que aborden la cuestión y el empleo en el ámbito de las instituciones de la sociedad civil, en el mercado laboral y en el Estado y/o administración pública, salvo que garantice que sean efectivas los derechos de las personas con discapacidad'. Remarcó que en Chivilcoy no hay ningún relevamiento ni registro sobre las personas con discapacidad con intención de trabajar. 'La Convención de las Personas con Discapacidad, incorporada a nuestro país en el año 2002, mediante la Ley Nº 26.378, es Integral en el abordaje de las diversas cuestiones respecto a la Discapacidad. El Estado Nacional reconoce a las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con los demás; ello incluye al derecho de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un entorno laboral abierto, inclusivo y accesibles a las personas con discapacidad'. Por otro lado, remarcó que el Estado Nacional salvaguardará y promoverá el ejercicio al Derecho al Trabajo, adoptando medidas pertinentes, entre ellas: Prohibir la discriminación por motivos de Discapacidad con respecto a cualquier forma de empleo, incluidas las condiciones de selección, contratación y empleo. Proteger los Derechos de las personas con Discapacidad en igualdad de condiciones con los demás, a condiciones de trabajos justos y favorables, y en particular a igualdad de oportunidades y de remuneración por trabajo a igual valor. Asegurar que las personas con Discapacidad puedan ejercer sus Derechos Laborales y Sindicales en igualdad de condiciones con los demás. Remitir que las personas con Discapacidad tengan acceso efectivo a programas generales de orientación técnica y vocacional. Emplear a personas con discapacidad en el Sector Público. Promover el empleo de personas con Discapacidad en el Sector Privado, mediante políticas pertinentes que incluyan programas de acción afirmativas Velar por que se relacione razonable para las personas con Discapacidad en el lugar de trabajo. Proyecto de Resolución El Bloque de Concejales de Unión Celeste y Blanco presentó el siguiente Proyecto de Resolución: Artículo 1º: Recomendase al Departamento Ejecutivo de la Ciudad de Chivilcoy se cumpla con la Ley Nacional Nº 26.378. Artículo 2º: Establézcase la incorporación obligatoria de personas con Discapacidad con un piso mínimo del cuatro por ciento (4%) de las respectivas plantas del personal, cuando se deban cubrir cargos en los Poderes del Estado de la Ciudad de Chivilcoy, sus Organismos Descentralizados o Autárquicos y las Empresas del Estado. Artículo 3º: Las Jurisdicciones y Entidades anunciadas en el Artículo 1º, deberán informar al Consejo de las Personas con Discapacidad en un plazo no menor a los noventa (90) días de la aprobación del presente Proyecto de Ley, sobre los puestos de trabajo vacantes y sus exigencias técnicas. Artículo 4º: El Concejo de las Personas Discapacitadas , con la información suministrada por lo estipulado en el Artículo 2º del presente Proyecto de Ley , deberá realizar la selección de las personas con Discapacidad que considere aptas para cada caso y comunicará a la Secretaría de la Función Pública a efecto de que diseñe los concursos de acuerdo a la normativa vigente y mediante la conformación de equipos interdisciplinarios, realice el seguimiento de los expedientes de inclusión laboral así como las recomendaciones necesarias para la adaptación de los puestos de trabajo. Pedido de informe Visto que según la Ley Nacional Nº 26.378, la cuál es integral en el abordaje de las diversas cuestiones vinculadas a la Discapacidad, infiriéndose al empleo y al trabajo Empresa y al art Nº 8 de dicha Ley que habla de la Obligatoriedad de ocupar puestos de trabajos a Personas con Discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo en una proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) del total del personal que posean los Poderes del Estado y de sus Organismos Descentralizados o Autárquicos. 'Por tal motivo el Bloque de Concejales de Unión Celeste y Blanco le solicitamos que por su intermedio eleve al área correspondiente del Departamento Ejecutivo a fin de lograr una respuesta rápida y fundamentada técnicamente del siguiente pedido de Informes: El listado de las Nóminas de los Trabajadores con Discapacidad conforme al modelo que establece el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de las cuales consideramos las siguientes enunciaciones: Razón social de empleador. Nombre y apellido del trabajador. Su calificación y su CUIL. Remuneración que perciba. Fecha de Ingreso y tarea que desempeña durante el período de pago' expresó Burgos. 'Este pedido de información lo realizamos debido a la incertidumbre que ocasionó no haber tenido respuesta al Proyecto de Resolución presentado el 22 de marzo de 2013 con número de Expediente 73 D, que sugiere se cumpla con la Ley 26.378 que habla de la inclusión del proporcional del 4 % de las personas discapacitada en los poderes del Estado, los organismos descentralizados y las empresas del Estado en la ciudad de Chivilcoy' concluyó.
Comentá la nota