El Juzgado de Garantías Nº1 concedió la apelación presentada por la Legislatura chaqueña contra el habeas corpus que benefició al intendente de La Leonesa. También hizo lugar a otras dos apelaciones. Ahora, resolverá la Cámara de Apelaciones
Las apelaciones corresponden a la Legislatura chaqueña –quién fue facultada por la mayoría de los diputados, a excepción de los justicialistas-; al diputado por Libres del Sur, Carlos Martínez; y al abogado Roberto Mena, como representante del ciudadano Juan Alvarez, querellante particular en las causas judiciales contra José Carbajal, por los violentos incidentes que encabezó el intendente el 7 de agosto de 2010 frustrando una charla sobre agrotóxicos en su localidad.
El habeas corpus concedido por la jueza Pereyra a José Carbajal impidió que el intendente de La Leonesa sea sancionado por la Cámara de Diputados del Chaco con una pena de arresto por haber violado las inmunidades parlamentarias de los legisladores Carlos Martínez y Fabricio Bolatti en la jornada del 7 de agosto en La Leonesa. La magistrada invocó el artículo 195 de la Constitución Provincial según el cual los funcionarios no pueden ser sancionados cuando desarrollan actividades “en ejercicio de su función”.
Ahora, la Cámara de Apelaciones en lo Criminal -integrada por los jueces Héctor Geijo, Mercedes Riera y Gustavo Serrano- tendrá dos días para definir sobre las tres apelaciones. En tanto, los tres despachos en el marco de la cuestión de privilegio sustanciada durante ocho meses en la comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura chaqueña, serán tratados en la sesión del 20 de abril.
La Justicia ya dictaminó que Carbajal no tiene fueros
CHACO DIA POR DIA tuvo acceso al recurso de apelación interpuesto por el apoderado legal de Juan Francisco Alvarez, querellante particular en la causa principal contra el intendente de La Leonesa José Carbajal. Su principal fundamento advierte que “consentir el dictado de hábeas corpus a favor de José R. Carbajal sería contradictorio por la Fiscalía Nº4 que rechazó todo fuero, inmunidad y prerrogativa invocada por el Sr. Intendente de La Leonesa, involucrado en los hechos investigados”. Asimismo, la presentación del abogado Roberto Mena agrega que “revistarlo de inmunidad procesal impediría lo que por derecho corresponde al querellante particular al ser parte en el proceso penal llevado a cabo en la Fiscalía de Investigaciones Nº4 a fin de la prosecución de la acción punitiva llevada a cabo contra José R. Carbajal y otros”.
El escrito presentado por el querellante particular en la causa judicial contra Carbajal subraya que "con la vigencia del presente hábeas corpus si bien dirigido a la Cámara de Diputados del Chaco se crearía un precedente de inseguridad jurídica por cuanto la cuestión de fueros y privilegios ya ha sido resuelta en las actuaciones mencionadas".


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