La procuradora Liliana Piccinini consideró inconstitucional la ley que impulsa la elección de los comisionados de Fomento y solicitó al Superior Tribunal que pida a la Legislatura que elimine la oposición de la norma a la Carta Magna, bajo riesgo de que sea derogada automáticamente y queden sin efecto los comicios convocados para el 21 de este mes.
Esa consideración se basa además en que, según Piccinini, la Constitución de 1988 no contempló la figura de la Comisión de Fomento, sino la de comuna, la cual se refiere a las poblaciones de menos de dos mil habitantes que deben elegir directamente a sus autoridades. Un punto innovador del dictamen de Piccinini es que la norma original que creó las Comisiones de Fomento (643/71) se originó durante un gobierno de facto. Al respecto, la procuradora cita jurisprudencia de la Corte Suprema y concluye que "las normas de facto, por no ser de origen democrático, no tienen presunción de validez moral".
Sostiene que en el caso en cuestión "el decreto ley 643/71 era inconstitucional en tanto creaba instituciones no con contempladas en la Carta Magna de 1957 y su pervivencia en el orden jurídico rionegrino, una vez restablecido el sistema democrático, puede justificarse con la doctrina de la Corte, pero luego de la Constitución de 1988 en claro ha quedado que toda norma inconstitucional ha sido derogada".
Cabe recordar que la causa judicial comenzó con una presentación del Partido Justicialista, que decidió no participar de estas elecciones.

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