Los comercios que no emitan facturas serán clausurados

A partir de modificaciones instrumentadas al Código Tributario Municipal, desde ahora serán sancionados con clausura de tres a diez días los comercios o locales que no emitieren facturas o comprobantes de ventas, cuestión que levantó críticas de los refractarios al oficialismo, incluso hasta advertencias de miembros de esas filas.
A partir de modificaciones instrumentadas al Código Tributario Municipal, desde ahora serán sancionados con clausura de tres a diez días los comercios o locales que no emitieren facturas o comprobantes de ventas, cuestión que levantó críticas de los refractarios al oficialismo, incluso hasta advertencias de miembros de esas filas.

En este sentido, el concejal Ignacio Golobisky indicó que la reforma impulsada "pone a este Código a la altura de otros en cuanto a los ejes de equidad y posibilidad coercitiva para poder sancionar".

Sin embargo, aclaró que deberá regularse la clausura de los locales y las sanciones por parte del Departamento Ejecutivo Municipal "sino puede caer una declaración de inconstitucionalidad".

Desde Fuerza Republicana, Claudio Viña señaló que con esta norma se podrá penar hasta tres veces por el mismo hecho ya que intervendrían tanto la AFIP, y las Direcciones de Rentas provincial como municipal, más allá de esto, el republicano fue el único opositor que acompañó al oficialismo en la votación.

Por otro lado, Manzone cuestionó que "se dispone una aplicación de una sanción de clausura sin especificar el procedimiento que lleve a dicha disposición".

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