Comercios que abran en el horario del censo nacional serán multados

El censo nacional obliga a los comercios de todo tipo y rubro a cerrar sus puertas en el horario de desarrollo del mismo de lo contrario serían multados.
La única opción es que los negocios se abran luego de las 20 horas, pero esto es opcional para los comerciantes.

“Mañana desde las 8 de la mañana y hasta las 20 horas todos los negocios tienen que estar cerrado, una de las consultas que más hacen es el caso de los negocios que se encuentran en el propio domicilio, hay que tenerlo cerrado igual, a las 20 horas se puede volver a abrir”, manifestó el presidente de la CAPYMEF, Fabián Hryniewicz en Radio Uno.

“El día 18 de octubre pasado difundimos la información a todos los medios que es una obligación impuesta por el decreto 67 del 2010 donde prohíbe expresamente que los negocios estén abiertos”.

Si los negocios abren dentro del horario en el que se realiza el censo, serán multados con cifras considerables que todavía no se especificaron

Comentá la nota