Caleta Olivia (Agencia) Lo resolvieron las Provincias en el marco de la última reunión del Consejo Federal del Consumo. La Dirección de Defensa del Consumidor tendrá facultades para fijar indemnizaciones a favor del denunciante contra la empresa denunciada, sin perjuicio de las sanciones pecuniarias o multas que a su vez puedan aplicársele.
En ese sentido, Néstor Pejkovic, responsable letrado del área de Defensa del Consumidor del Ministerio de la Producción, explicó que "a partir de la decisión del conjunto de las Provincias que integramos el COFEDEC, esta Dirección, como Autoridad de Aplicación, tiene facultades para fijar indemnizaciones a favor del denunciante contra la empresa denunciada, sin perjuicio de las sanciones pecuniarias o multas que puedan aplicarle a esa empresa".
Sobre los montos que podrán resultar a partir de la aplicación de Daño Directo, Pejkovic señaló que "puede llegar a cinco canastas básicas totales que publica el INDEC, monto máximo que esta Dirección puede fijar como monto indemnizatorio por daño directo a favor del denunciante".
Al referirse a las situaciones que se registraban con anterioridad, explicó que "el perjudicado, en cualquier monto que sea, tenía que recurrir a Tribunales para obtener la reparación del daño", con lo cual, esta decisión "significa un avance, enorme sobre todo en lo que respecta a cuestiones de menor cuantía, porque cuando se trata de juicios importantes se continuará recurriendo a la Justicia, pero en lo que refiere a lo de menor cuantía, esta decisión es fundamental", reiteró Pejkovic.
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