El Círculo de Prensa de la Provincia de Santa Fe (CIPPREN), manifiesta su beneplácito por la modificación del artículo 160 del Código Fiscal de la Provincia, una vez aprobado el Presupuesto de Gastos y Recursos, 2010 y Reforma Tributaria incluida, lo cual permite desobligar del pago de ingresos brutos a determinados sectores de la prensa que estaban gravados en el plano provincial, en contraposición a la exención de la que gozaban los grandes medios periodísticos (diarios, cables, radios Am y canales de aire).
De este modo la modificación del artículo 160, viene a subsanar una situación de inequidad al nivelar a toda la actividad periodística con la misma regla tributaria en la Provincia y a salvaguardar la libertad de expresión y el libre trabajo profesional de la prensa en todas sus manifestaciones, la cual no puede estar sujeta a limitante y/o condicionamientos, menos aún en el plano impositivo, (art.14, 32 y 75 inc. 22 Constitución Nacional, art. 11 Constitución Provincial, Pacto de San José de Costa Rica, Declaración Universal de Derechos Humanos, etc.).
Al conocerse la sanción del Presupuesto 2010, en su capítulo II, el nuevo artículo 160 inc. e del código Fiscal de la Provincia queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 43°: Modifícase el inciso e) del artículo 160° del Código Fiscal (t.o. 1997 según Decreto N° 2350/97 y modificaciones), que quedará redactado de la siguiente manera:
"e) Las emisoras de radiofonía, televisión y cable. Asimismo la actividad profesional periodística ejercida en forma personal en esos medios, a través de medios digitales, electrónicos, los mencionados en el inciso d) y/o en Internet".

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