Los Juzgados Municipales de Faltas 1,2,3 y 5, en los últimos meses del año 2013 registró un importante numero de inhabilitados en materia de seguridad vial. Más de 100 licencias de conductores fueron inhabilitados para continuar conduciendo por un determinado período de tiempo en virtud de la gravedad de las faltas cometidas o por casos de reincidencias(...)
La Secretaría de Seguridad, Justicia Municipal y Control informó por medio de la División Administración de Infractores de Tránsito e Inhabilitados que durante los últimos meses del año 2013 se sancionaron a un centenar de conductores por Alcoholemia positiva punitiva, aplicándose multas que oscilaron entre $ 2.000 y $ 6.000, según la graduación alcohólica en sangre del infractor.
Además de la mencionada sanción de multa, en 60 casos se sancionó por “reincidencia”, procediéndose a la sanción accesoria de Inhabilitación (retención de licencia de conductor). De los mencionados casos, el Juez de Faltas municipal sancionó a un 64 % de los infractores con la pena de inhabilitación por el tiempo de 1 mes, otros conductores fueron inhabilitados por 40 días y algunos llegaron a quedarse privados de conducir por 150 días.
Cabe señalar que la Ley Nacional 24.449 en su Artículo 82 establece que la sanción de Inhabilitación debe aplicarse accesoriamente, solo en caso de faltas graves: para la primera, hasta nueve meses; para la segunda, hasta doce meses; para la tercera, hasta dieciocho meses, obligatoriamente; para las siguientes, se irá duplicando sucesivamente el plazo establecido en el punto anterior.
Asimismo, se han sancionado otras infracciones graves, mediante multas e inhabilitaciones, como el manejo de vehículos destinados al transporte de personas sin la correspondiente licencia profesional de conductor y por competir a bordo de rodados en la vía publica (las denominadas picadas). Es dable destacar que durante el período de inhabilitación, la División Administración de Infractores de Transito e Inhabilitados ingresa los datos de las personas que fueron inhabilitadas por el periodo que los jueces municipales hayan determinado y automáticamente esa información es transmitida a registros de infractores en todo el territorio de la Argentina, imposibilitando que cualquier persona que haya tenido una accesoria de esta magnitud pueda realizar tramite alguno de licencia nacional de conductor.
La existencia del Sistema de Administración Centralizada de Infracciones que integra las bases de datos de antecedentes e inhabilitados de la provincia y se alimenta también con información del Registro Nacional de Antecedentes de Transito (RENAT), donde la “División Administración de Infractores de Transito e Inhabilitados” reporta diariamente toda la información. Este sistema a su vez se utiliza al momento de emitir la nueva licencia de conducir Nacional, impidiendo que ciudadanos inhabilitados o con deudas pueda obtener o renovar su licencia de conducir en el resto del país.
Se informa que todos aquellos que fueron inhabilitados, al momento de la renovación de la licencia nacional de conductor "no podrán acceder a una licencia con categoría profesional” conforme lo establece el articulo 19 del decreto 532/09.
Desde la Secretaría de Seguridad, Justicia Municipal y Control viendo la necesidad de implementar métodos de prevención y educación, destinados a concientizar a la población respecto de las consecuencias de la conducción bajo los efectos del alcohol esta trabajando para la puesta en marcha de un curso obligatorio de seguridad vial para todas aquellas personas reincidentes que se les constatare la conducción en estado de intoxicación alcohólica. Los cursos estarán a cargo por especialistas en Seguridad Vial y la ONG Madres del Dolor encabezados por el Área idónea en Manejo Defensivo y Accidentología del Partido de General Pueyrredon.
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