La Comisión Interamericana de Derechos Humanos le requirió al Estado argentino que informe cuáles son las medidas que adoptó para proteger a los integrantes de la comunidad del pueblo toba, en Formosa, que según la CIDH, "sufrieron una feroz represión" el 23 de noviembre pasado, y que al día de hoy, "siguen siendo hostigados y amenazados por las fuerzas de seguridad provincial" informó oficialmente el organismo.
Intervención
La intervención de la CIDH fue solicitada por la Defensoría General de la Nación y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), en el marco de un pedido de medidas cautelares a favor de todos los integrantes de la comunidad La Primavera, luego del violento desalojo de la ruta nacional Nº 86 que provocó dos muertes, decenas de heridos y de detenciones arbitrarias (incluyendo a ancianos, mujeres embarazadas y niños pequeños).
Desde hace casi dos meses Félix Díaz y otros integrantes de la comunidad, entre los que se encuentran mujeres y niños, realizan un acampe en la Av. 9 de Julio, en la Ciudad de Buenos Aires –en pésimas condiciones sanitarias-, en reclamo de respuestas del Gobierno Nacional y de la provincia de Formosa, a fin de que se adopten las medidas necesarias para garantizar la integridad personal y la vida libre de violencia de los miembros de La Primavera, así como investigar a los responsables de la represión y resolver el conflicto territorial que mantiene a la comunidad indígena en lucha desde hace tantos años.
El Gobierno nacional debe responder la próxima semana, luego de lo cual la C.I.D.H. decidirá si emite o no las medidas cautelares solicitadas.
La corte
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es un órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que goza de autonomía frente a los demás órganos de aquella y que tiene su sede en San José de Costa Rica, cuyo propósito es aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados de derechos humanos a los cuales se somete el llamado sistema interamericano de protección de derechos humanos.
La Corte tiene competencia para conocer de cualquier caso relativo a la interpretación y aplicación de las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que le sea sometido, siempre que los Estados partes en el caso hayan reconocido o reconozcan dicha competencia, por declaración especial o por convención especial.

Comentá la nota