Ciclistas urbanos de Posadas entregarán un petitorio a las autoridades municipales a fin de solicitar mayor respeto a las bicisendas ubicadas en las avenidas Rademacher y Francisco de Haro.
El motivo de este petitorio se fundamenta en el incumplimiento por parte de automovilistas y motociclistas, quienes estacionan sobre las bicisendas, y por lo tanto, obstaculizan la circulación de ciclistas poniendo en riesgo su vida.
En este sentido, las personas firmantes también piden: colocación de divisorias físicas, mayor señalización visual en las bicisendas, y control por parte de inspectores de tránsito para corregir y educar a los automovilistas y motociclistas.
“Las bicisendas existen, son nuestras pero no podemos usarlas. En promedio, cualquier día de la semana, podemos encontrar cuatro o cinco autos estacionados por cuadra. No respetan, se vuelve peligroso y eso provoca que los ciclistas no podamos movilizarnos por la ciudad. Salimos de nuestra casa y no sabemos si volveremos con vida”, expresaron los ciclistas urbanos.
Teniendo en cuenta que el artículo 79 de la Ley Integral de Tránsito de Misiones Nº 3824 expresa que “los ciclistas deben circular por las pistas para bicicletas, cuando las hubiere”, es necesario, por un lado, promocionar el uso de este medio de transporte ecológico y proteger a las personas que se movilizan en el mismo, y por el otro, incentivar el respeto de parte de los otros actores del tránsito para una mejor convivencia vial.
A su vez, vale mencionar el artículo 63 de la misma Ley que se refiere a las bicisendas: “Establécese que, a los fines de preservar la seguridad de los ciclistas, toda obra vial que se efectúe en ámbito urbano y suburbano debe incluir en su confección: a) construcción de sendas exclusivas y obligatorias para el tránsito de bicicletas en zonas urbanas y/o suburbanas de rutas provinciales; b) señalización que ordene la circulación de los ciclistas en dichas sendas exclusivas y arterias semaforizadas. El Poder Ejecutivo debe gestionar la construcción de bicisendas ante las concesionarias de rutas provinciales y nacionales y ante el organismo competente en el caso de tratarse de rutas nacionales no concesionadas”.
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