El Programa de Grupos de Mutua Ayuda para las Mujeres Víctimas de Violencia de Género fue creado por el Ministerio de Justicia y Seguridad Bonaerense para que actúe en todas las Comisarías de la Mujer de la Provincia de Buenos Aires, según se informa en la resolución publicada días atrás en el Boletín Oficial de dicha Cartera
Aproximadamente se han realizado entre denuncias, exposiciones y trámites de violencia en el corriente año (2011) unos 62 expedientes, lo que demuestra el buen funcionamiento y atención a la problemática de género dentro del partido de Adolfo G. Chaves.
Se está a la espera de una posible creación de la Comisaria de la Mujer en Tres Arroyos, lo que por ahí facilitaría mayor trato y coordinación en los trabajos por la cercanía.
Resolución:
LA PLATA, junio de 2011.
VISTO la Ley N ° 12.569 de Violencia Filiar y su reglamentación, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N ° 12.569, en su artículo 20, establece que el Poder Ejecutivo arbitrará los medios y los recursos necesarios para incentivar grupos de autoayuda familiar, con asistencia de profesionales para la atención de los casos de violencia familiar;
Que con el objetivo de fortalecer institucionalmente a las Comisarías de la Mujer y la Familia resulta fundamental dotarlas de estrategias de intervención para la atención, orientación y contención de las víctimas de violencia familiar;
Que, en este sentido, los grupos de mutua ayuda constituyen una herramienta que favorece la participación de las mujeres en un espacio de reflexión en el que pueden repensar su experiencia, quebrando así el aislamiento al que fueron sometidas e instalando sus voces en la esfera pública;
Que en un espacio grupal de estas características las mujeres pueden ser reconocidas por otros/as, reconocerse a ellas mismas y asumir sus derechos con el fin de poner límite a la violencia vivida;
Que, desde una perspectiva de género, se apunta a lograr el empoderamiento de las mujeres para que se constituyan en agentes de cambio y en ciudadanas de pleno derecho;
Que cuando las mujeres deciden romper el silencio y salir de la situación de violencia inician una “ruta crítica”, entendida como un proceso que se construye a partir de las decisiones adoptadas por las mujeres y las respuestas encontradas en su ámbito familiar, comunitario e institucional;
Que es preciso fortalecer a las mujeres que atraviesan esta “ruta crítica”, para que el resultado no sea la frustración sino el impulso a continuar el camino emprendido;
Que la Dirección General de Coordinación de Políticas de Género tiene entre sus responsabilidades el diseño de los planes y programas de atención en las unidades policiales para la debida asistencia de personas víctimas vulnerables en problemáticas vinculad al género;
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS DE GÉNERO DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Crear el “Programa Grupos de Mutua Ayuda para Mujeres Víctimas de Violencia de Género” en el ámbito de la Dirección General de Coordinación de Políticas de Género.
ARTÍCULO 2°.- Los objetivos del “Programa Grupos de Mutua Ayuda para Mujeres Víctimas de Violencia de Género” son:
a) Fomentar la participación de las mujeres víctimas de violencia en un espacio de reflexión sobre sus propias vivencias, sus miedos y sus derechos dotándolas de recursos concretos para que salgan del círculo de violencia en el que están inmersas;
b) Empoderar a las mujeres víctimas de violencia desde una perspectiva de género y convertirlas en agentes de su propio cambio, evitando su revictimización;
c) Brindar acompañamiento a las mujeres víctimas de violencia, ayudándolas a transitar la “ruta crítica”;
d) Conformar una red de contención en el que las mujeres estrechen vínculos a partir de la experiencia compartida.
ARTÍCULO 3°.- Las Comisarías de la Mujer y la Familia constituirán grupos de mutua ayuda como espacios de reflexión, contención y acompañamiento, en los que participen mujeres víctimas de violencia de género, coordinados por los/as profesionales de los equipos interdisciplinarios.
ARTÍCULO 4°.- La Dirección General de Coordinación de Políticas de Género establecerá los alcances en el abordaje de los grupos de mutua ayuda, desde una mirada que contemple la perspectiva de género. Asimismo, brindará capacitación y supervisión a los/as profesionales que coordinen los grupos.
ARTÍCULO 5°.- Las Comisarías de la Mujer y la Familia propiciarán la articulación con organizaciones de la sociedad civil que aborden esta problemática para la coordinación y potenciación de los recursos existentes.
ARTÍCULO 6°.- Las Comisarías de la Mujer y la Familia podrán también crear espacios de reeducación para varones con conductas violentas.
ARTÍCULO 7°.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Cumplido, archivar.
DISPOSICIÓN N° 001.
Lic. SILVIA LA RUFFA
Directora General
Dir. Gral. de Coordinación de Políticas de Género
Ministerio de Justicia y Seguridad
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