Caso Iván Torres: 157 mil dólares para su familia y un curso de Derechos Humanos para la Policía

El prestigioso jurista Raúl Heredia dijo que el fallo, conocido en agosto pasado en Bogotá, es único porque es la primera vez que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condena a un estado invocando la “Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas”, subrayó.
Asimismo, el letrado consideró que la sentencia condenatoria “es extremadamente grave para la provincia” porque involucra a los tres Poderes del Estado y reflexionó -por otro lado- que el informe que hizo una perito enviada por la Corte Interamericana afirmando que aquí la policía reprime y viola casi con habitualidad los derechos humanos es “muy doloroso para Chubut”.

El tribunal internacional dispuso para la madre del joven “una reparación material” que supera los 170.000 dólares, según estimó Heredia al hablar con Radio 3 del enigmático caso por el que en su momento “procesaron judicialmente” al comisario que estaba al frente de la Comisaría Primera de Comodoro, cuando desapareció Iván Torres –presuntamente luego de ser ingresado demorado a esa dependencia- y a la mayoría de los integrantes del turno que se encontraba prestando servicio en esa ocasión.

Aunque -al día de hoy- no hay nadie condenado y los policías implicados incluso se encuentran trabajando normalmente en la institución. Algunos hasta prestando servicio en la ciudad petrolera, otros en dependencias del Valle y Trelew.

Justamente el domingo se van a cumplir 8 años de “la desaparición forzada” de Iván Torres y en Comodoro habrá una serie de acontecimientos y manifestaciones publicas de las que participaran representantes de las “Madres de Plaza de Mayo” y de organismos de Derechos Humanos nacionales e internacionales acompañando a la madre y familiares del joven.

LA CONDENA

El doctor Raúl Heredia subrayó ayer que “es la primera vez que la Corte Interamericana condena a un estado argentino (como Chubut) invocando la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas”

Y explicó: “Es importante también decir que la Corte aplicó sanciones al Estado reparativas y materiales. Y dice expresamente que deberá iniciar, dirigir y concluir las investigaciones y procesos necesarios con el fin de establecer la verdad de los hechos, así como en su caso determinar y sancionar a los responsables de lo sucedido con Iván Torres, y continuar la búsqueda efectiva de su paradero”.

“Le da un año de plazo, y en ese tiempo la Corte seguirá el caso al cual no ha cerrado y no piensa hacerlo hasta que el Estado Argentino no satisfaga las sanciones y las obligaciones que le han impuesto”, añadió Heredia.

Se le preguntó entonces: El Estado debe pagar una suma resarcitoria de dinero por lo sucedido ¿no? “Si. Son reparaciones materiales, costas y además daño material. Es una suma que según hemos establecido alcanza a los mas de 170 mil dólares”, estimó el letrado.

Y luego destacó: “Pero lo importante es poner de manifiesto que con la provincia de Chubut tiene párrafos muy duros la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

“Fíjese –continuó Heredia- que cuando la Comisión Interamericana, que es un estadio previo, llamó a una audiencia Chubut representada por el entonces fiscal de Estado y Anticorrupción se negó a aceptar toda responsabilidad en el caso. En cambio el Estado nacional, tiempo después, ha aceptado su responsabilidad y ahora es condenado por este hecho ocurrido en la provincia (en Comodoro Rivadavia)”, indicó.

Añadió: “Y, hay algo que destaca la Corte en el párrafo 173, que titula; “Capacitación de Funcionarios Policiales”. Y dice la Corte que ha concluido que abusos policiales, como el que sufrió el señor Torres, son cometidos de manera frecuente en la provincia de Chubut”.

"EXTREMADAMENTE GRAVE"

“Y dice que con el fin de garantizar la no repetición de violaciones de Derechos Humanos la Corte considera importante fortalecer las capacidades institucionales. Y, entonces, en el punto 4, de la parte dispositiva, por unanimidad dispone que el Estado deberá implementar en un plazo razonable un programa o curso obligatorio sobre Derechos Humanos dirigido a los policías de todos los niveles jerárquicos”, señaló.

“Esto es extremadamente grave para la provincia porque –en realidad- no es solo la fuerza policial la que aparece aquí con responsabilidad ya que se habla de una cuestión estructural. Y, entonces, hay que pensar en los tres Poderes del Estado; el Político, el Legislativo y también el Judicial; fiscales, defensores y abogados en general porque habla de abusos policiales que ocurren en forma frecuente en Chubut y que es una estructura”, consignó Heredia.

Recordó después el letrado: “Fíjese que la Corte Interamericana designó de oficio a una perito, de nombre Sofía Tiscornia, y el tribunal citándola dice que en el peritaje se refirió al hostigamiento permanente perpetrado por la policía provincial de Chubut con el amparo de normas contravencionales para la averiguación de antecedentes o de identidad”.

“Y sostuvo la perito que para las normas que habilitan a la policía a detener reiteradamente a las personas pueden concluir en varias ocasiones en muertes, torturas y en este caso (el de Iván Torres) en una desaparición forzada impactando en los sectores mas desprotegidos de la sociedad”, acotó.

“Este es un párrafo muy doloroso para Chubut –señaló el constitucionalista- porque la provincia tiene en su Constitución normas de vanguardia y ya en el Articulo 22 la de 1994 incorporó los pactos internacionales y después declaró responsable a todo funcionario o magistrado que ordene, consienta o instigue la violación de los derechos humanos u omita los recaudos tendientes a su preservación”

“Y luego, tratándose del caso de desaparición forzada de personas, en el Articulo 48 de la Constitución de Chubut en uno de sus párrafos dice: “Los funcionarios de cualquier rango que sean autores, participes o encubridores de desaparición forzada de personas, tratos crueles, degradantes o de alguna forma inhumanos y los que los toleren o consientan serán exonerados del servicio al que pertenezcan e inhabilitados de por vida para acceder a la función publica en perjuicio de las penas que le correspondan”, describió.

“Después dice; “la obediencia debida en ningún caso será excusa de esta responsabilidad”. Y agrega: “Los jueces serán responsables de velar por el cumplimiento de este precepto, hasta la extinción de la pena bajo causal de destitución. De manera que esta admonición que da la perito de la Corte y que esta hace suya son sumamente graves y deben llamar la atención de las instituciones de la provincia”, sostuvo Heredia.

-Pero, aquí no hay ningún policía que haya sido exonerado, echado o que este detenido por el caso Iván Torres. Se le recordó al penalista. “No. No hay nadie condenado, ni exonerado de la fuerza incluso los que han sido imputados continúan en funciones….”, admitió.

-Pero hubo procesados. Se insistió, a lo que Heredia respondió: “Si, procesadas, desprocesadas y vueltas a procesar, en algunos casos, pero ninguna ha sido juzgada ni siquiera administrativamente”, afirmó.

Aunque “ahora habrá que hacerlo porque la Corte Interamericana le exige al Estado nacional adoptar todas las medidas, iniciar, continuar y concluir la investigación para establecer la verdad de los hechos y sancionar a los responsables; es una orden que ha dado la Corte Interamericana, es una condena al Estado nacional, además de ordenarle dar cursos de capacitación sin distinguir niveles de jerarquías en la policía de la provincia”, remarcó.

Finalmente insistió que “la queja de la madre y los familiares ante el Sistema Interamericano ha sido que Iván no ha sido buscado como corresponde y que no se ha hecho una investigación como corresponde. De manera que en lo que dice la Corte, admitiendo esta denuncia, se utiliza la palabra “iniciar la investigación” y dar con el paradero”.

“Así que acá el estado nacional y el provincial deberán cooperar para que la investigación realmente se inicie por los carriles que corresponden y que se la profundice hasta las ultimas consecuencias”, concluyó.

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