No hizo lugar a una presentación de la defensa que ponía en dudas el futuro de la investigación judicial.
Pero el juez Penal Nº 3 de San Luis, Jorge Sabaini Zapata, le contestó que lo había presentado fuera de plazo.
La aspiración de los abogados Eduardo, Pedro y Gonzalo Agúndez era que declararan nula el acta del allanamiento en la casa de Domínguez, en la calle Catamarca, de San Luis. En ese procedimiento la división Investigaciones de la Policía secuestró una petaca inglesa forrada en cuero, perteneciente a Juan Carlos Marini, dueño de “Rama”, robada durante el asalto.
“Es un error gravísimo del juez, es un desconocimiento supino del derecho”, protestó Eduardo Agúndez. La resolución de Sabaini Zapata “es una muestra de que quiere perjudicar a mi cliente”, afirmó el abogado. Y agregó: “Voy a denunciar al juez ante los derechos humanos”.
Según el defensor de Domínguez, el magistrado “hace una interpretación amañada de lo que es el instituto de la redargución de falsedad”, la figura legal con la cual él atacó la validez del acta de allanamiento.
La discusión entre el juez y la defensa del detenido está centrada en cálculos sobre los plazos para presentar el cuestionamiento al documento confeccionado por los policías de Investigaciones y firmado por la testigo del allanamiento.
La Ley otorga diez días para presentar la redargución de falsedad, después de impugnar un instrumento público como el acta en cuestión.
Según el juez, en este caso ese plazo empezó a correr luego de la audiencia en la que la testigo del allanamiento se presentó a declarar en el juzgado, el 1º de setiembre del año pasado. En esa oportunidad la mujer reconoció sólo una parte del acta (en la que figura el secuestro de la petaca). No identificó el contenido de las fojas siguientes, en las cuales había una firma que no era la suya. Eso motivó que los defensores de Domínguez planteen la invalidez de la prueba.
Agúndez dice que el error o “la interpretación amañada” de Sabaini Zapata está en el cómputo que hace sobre los plazos. “El momento oportuno para impugnar es cuando el documento es exhibido para el reconocimiento. Cuando el policía que hizo el acta fue al juzgado, la reconoció y ratificó su firma, ahí yo la impugné”, afirma.
El juez dijo en su escrito que no comparte ese criterio. Pero que, no obstante, según sus cálculos, aún cuando tomara la fecha en que declaró el policía, la defensa hizo su presentación fuera de término.
El oficial de Investigaciones compareció el 25 de abril y por lo tanto el plazo para presentar el requerimiento de falsedad del acta “feneció el viernes 10 de mayo”, señaló Sabaini Zapata. “El planteo fue efectuado el 13 de mayo a las 12:30”, sostuvo.
Agregó en la resolución que si se aplica el período de gracia contemplado por el Código de Procedimiento Criminal, el plazo para que la defensa introdujera el escrito llegaba hasta el 13 de mayo, pero hasta las 9.
“El juez no sabe leer el calendario gregoriano, se olvida que el 1º, el 2 y el 3 de mayo fueron feriados. Aún sin contar el 2, con los otros dos días alcanza para que la presentación haya estado en término”, contestó Agúndez, que anuncia ir ante la Cámara del Crimen con su queja.
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