El juez Jorge Sabaini Zapata consideró que consideró que el instructor, que le disparó a la chica en una práctica en el cerro Retana, actuó con negligencia e imprudencia.
“La imprudencia se define como hacer algo de más. Es decir, es actuar de modo innecesario. Y la negligencia son los actos omitidos que hubieran evitado la causa de un resultado, en este caso, la muerte de Casandra. Si Miranda hubiese tomado los recaudos, por ejemplo, chequear que el arma tenía el seguro y que estaba descargada, ese desenlace no hubiese ocurrido”, explicó Ariel Parrillis, secretario del Juzgado del Crimen Nº 2.
Aclaró que, en esta instancia del proceso, no hay otro indicio que corte la relación causal de la acción de Miranda con la muerte de la joven. “Quien puso en riesgo la vida de la cadete fue el efectivo, independientemente de la atención que ella recibió después. A la primera condición de riesgo, la introdujo él”, refirió.
Carlos Salomón, defensor del efectivo, dijo que evalúa apelar el procesamiento, porque el juez resolvió la situación del imputado sin responder a su pedido de conformar una junta médica, para que ésta dijera si la cadete tenía o no posibilidad de sobrevida.
Entre los puntos de pericia pidió que precisaran la causa de muerte y si la joven podría haberse salvado “en caso de haber sido asistida en la forma en que requería su estado, tomando en cuenta la situación en la que estaba”.
La chica “estuvo sin atención médica más de 17 horas. Cualquier persona sin conocimientos específicos de medicina sabe que es fundamental una rápida asistencia en una situación como ésa”, abundó Salomón.
Casandra recibió el disparo el miércoles a la tarde. Por el horario y el sitio en el que estaba el campamento, la estudiante del Instituto Superior de Seguridad Pública “Juan Pascual Pringles” recién fue trasladada al hospital el jueves 15 a la mañana, cuando un helicóptero pudo ir a buscarla al monte Retana, en el Suyuque, a unos 25 kilómetros de San Luis.
“Además –continuó– pedimos que le solicitaran al Policlínico Regional que enviara la historia clínica, para poder saber qué pasó durante la internación y pedir que citaran a declarar a los médicos que la atendieron. No nos olvidemos que falleció 13 días después del disparo. Y no se investigó qué pasó en el lapso entre el tiro y el fallecimiento”. El abogado quiere despejar sus dudas sobre la posible responsabilidad de los profesionales del hospital en el desenlace.
Según Salomón, el juez resolvió la situación de su cliente sin tomar ninguna decisión sobre la integración de la junta médica. Y aseguró que a él no lo notificaron de la llegada de la historia clínica.
“Sólo se notifica lo que tiene plazo, no cada cosa que se suma” al expediente, en este caso, la copia de la historia clínica, dijo Parrillis. Agregó que quien consulta a diario el despacho, ve lo que se incorpora a las actuaciones. Y refirió que el juez, en su resolución, remarcó que investigarán la existencia de otras posibles responsabilidades. “La instrucción del sumario no está cerrada. Y están pedidas las audiencias para citar a los médicos y hacer las pruebas sobre la atención que recibió” la víctima, dijo el secretario.
Karina Mantelli, abogada de la familia de Casandra, calificó la resolución del juez como “ejemplar, impecable”, aunque no descartó que cuando el expediente sea elevado a la Cámara del Crimen, para juicio oral, pida el cambio de calificación a “homicidio con dolo eventual”, una figura cuya pena es más alta que aquélla por la que Miranda fue procesado. La familia de la cadete le ha pedido a la abogada que trabaje para lograr el cambio de calificación.
Los fundamentos “se concentran en la imprudencia que tuvo Miranda al desenfundar el arma, apuntarle y efectuar el disparo a corta distancia sobre la cabeza de Casandra. El homicidio culposo requiere de la negligencia y la imprudencia, y Miranda fue imprudente y negligente. La responsabilidad recae sobre él. Setenta personas lo vieron allá en el cerro, no hay discrepancias sobre que él fue el autor del tiro. Y lo que sucedió después fue fortuito”, resumió Mantelli.
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