Caso arroceras: fiscal Corregido apeló medida del juez federal

El fiscal Federal subrogante Gustavo Corregido presentó un Recurso de Apelación ante el juez de ese fuero, Eduardo Valiente, solicitándole revoque la Resolución por la que negó la competencia Federal en la investigación de presuntos casos de contaminación e intoxicaciones en arroceras de La Leonesa.
El escrito señala que la fiscalía no comparte la evaluación del juez, y que "el caudal probatorio es suficiente a los efectos de mantener la competencia y crear suficiente sospecha para imputar a los encartados como se solicita en el mismo".

Corregido consigna que la aplicación de la ley 24.051, "de Residuos Peligrosos", determina expresamente la competencia de la Justicia Federal, así que "no tiene relevancia", tal como lo había expresado el juez en su Resolución, "la circunstancia de que los efectos del delito se propaguen o no más allá de una única jurisdicción".

También la ley 25.675, "General del Ambiente", si se produce degradación o contaminación en recursos ambientales interjurisdiccionales, la competencia será federal, situación que, entiende el fiscal, se verifica en el caso denunciado ya que el escurrimiento de la zona finaliza en aguas de los ríos Bermejo, Paraguay y Paraná, bañando las costas de dos provincias argentinas y de la República del Paraguay.

Más tarde detalla los agrotóxicos utilizados por las arroceras, tales como el conocido glifosato o la urea, y diversos agroquímicos para el control de los insectos. Los productos, según un trabajo de la ingeniera agrónoma, magíster en Ciencias Agrarias y docente de la UNNE, Sofía Olmos, van desde moderadamente tóxicos hasta extremadamente tóxicos. Algunos son muy peligrosos para insectos, aves y peces, como lo especifican incluso las páginas de seguridad de los laboratorios que los producen.

El escrito advierte que es necesario seguir realizando estudios de divulgación pública en la región y la provincia del Chaco, que permitan dentro de un programa de ordenamiento territorial, la utilización de indicadores agroambientales en los estudios de impacto ambiental, tal como lo exige la legislación vigente.

Finalmente indica que los humedales Chaco, dentro de los que se encuentran las arroceras en cuestión, son calificadas como "sitios Ramsar", es decir, humedales de importancia internacional avaladas por el Convenio de Ramsar (Irán) de 1971 (ratificado por ley 23.919), especialmente como hábitat de aves acuáticas, por lo que la competencia Federal, aún en esta materia, debería descontarse.

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