Los asesores letrados Juan Molas y Molas y María Leandro Cravero presentaron ayer la contestación oficial a la acción de inconstitucionalidad planteada por el intendente serrano.
El extenso dictamen técnico de 18 páginas resume los fundamentos legales por los cuales el municipio de Villa Carlos Paz rechazó la demanda presentada por el intendente Carlos Felpeto contra el estado local como ente representativo y tutelar de la Carta Orgánica que rige los destinos de la localidad y de sus habitantes.
Los dos asesores sostuvieron en su planteo la legalidad y legitimidad de todas las decisiones adoptadas por la Convención Constituyente durante los meses que sesionó entre mayo y noviembre de 2007.
Expresaron el criterio de que como órgano soberano y constituyente la Convención tuvo todo el derecho a establecer esas cláusulas transitorias y que las mismas fueron aprobadas por una mayoría clara del total de 20 convencionales (13 integrantes).
Se defendió además la vigencia de la Carta Orgánica a partir de la fecha en que fue jurada por todos los integrantes de la Convención y las autoridades que asumieron el 10 de diciembre de 2007, más allá de que la publicación de la misma recién se produjo en enero de 2008.
Molas y Molas y Cravero descartaron obviamente que la Carta Orgánica haya afectado alguno de los derechos constitucionales de Carlos Felpeto o que haya tenido un contenido discrimininatorio o proscriptivo contra su figura.
En otras palabras, los funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal opinaron en coincidencia con los convencionales que Carlos Felpeto cumplió su primer mandato entre el 2003 y 2007 y que el actual es el segundo consecutivo, lo que invalida obviamente la posibilidad de presentarse como candidato para un nuevo período, ya que la Carta Orgánica sólo permite dos gestiones continuas de 4 años al intendente, a los concejales y los miembros del Tribunal de Cuentas.
Aunque Carlos Lencinas también integra el cuerpo de asesores letrados municipales, en este caso en particular se negó a participar de la elaboración del dictamen contra la demanda de Felpeto, argumentando que es amigo personal del intendente.
Con esta contestación de Asesoría Letrada, más las opiniones que aporten las autoridades del Partido Justicialista, la UCR, las distintas fuerzas aliadas del Frente Cívico y de Encuentro y Participación, los siete vocales del Tribunal Superior deberán decidir, muy posiblemente a principios de febrero, si Carlos Felpeto tiene derecho a presentarse nuevamente como candidato o si por el contrario no es válida la acción declarativa de inconstitucionalidad que éste presente contra la Carta Orgánica de Villa Carlos Paz.
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