El envío de las nuevas facturas y las devoluciones correspondientes no requieren de ningún trámite a realizar por el usuario, informó la empresa.
Según la resolución del Enargas no se pagarán los cargos facturados por decreto 2067/08 correspondientes al período de lectura 1 de junio al 31 de julio, ya que fueron bonificados en un 100% por el Estado; mientras que los consumos comprendidos entre el 1 de agosto y el 30 de setiembre serán facturados sólo en un 30%.
A propósito, recordó Camuzzi a los usuarios que si la factura anterior no había sido abonada todavía, deben esperar la nueva con el importe correspondiente a la tarifa sin la inclusión del cargo surgido del decreto 2067, que a su vez tendrá un nuevo vencimiento. Estas son precisamente las boletas que ya empezaron a remitirse a los domicilios.
En cambio, si la factura ya fue abonada, por el período junio-julio recibirán una bonificación en la siguiente factura de gas natural: allí aparecerá la leyenda ?Bonificación Cargo Decreto 2067/08?, con el monto correspondiente.
El próximo bimestre
En cuanto al período de lectura de agosto-setiembre, el bimestre en curso, los usuarios recibirán una factura con la inclusión de sólo un 30% del valor total del Cargo 2067/08, en virtud de la bonificación del 70% establecida por el Estado nacional.
"En caso que el importe a devolver sea superior al importe total de la factura a pagar, el sobrante que se pudiera producir será incluido en próximas facturas hasta completar el total del importe a devolver por dicho cargo", informó ayer Camuzzi.
Por último destacó la empresa que no es necesario que los usuarios concurran a las oficinas comerciales para realizar el trámite, dado que será "automático" en cualquiera de las alternativas mencionadas.
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