La denuncia por el hurto de documentación fue tomada como atenuante por el Tribunal Electoral.
Con la firma de los doctores Sebastián Argibay y Raúl Abate, notificaron ayer a los apoderados de los partidos y frentes que participarán en las elecciones provinciales del próximo 22 de octubre de la resolución sobre las impugnaciones realizadas al frente Cambiemos por Cruzada Santiagueña y el Frente Renovador 1País. El órgano jurisdiccional decidió, en resumidas cuentas, permitir que el frente integrado por el PRO y la Unión Cívica Radical intervenida participe del proceso electoral a pesar de las gravísimas irregularidades que fueron motivo de las observaciones sometidas a estudio en la audiencia del pasado martes.
Respecto de la extemporaneidad de la presentación de la lista de candidatos, el Tribunal Electoral resolvió que —ante la duda imperante sobre cuáles son las dos primeras horas hábiles— debe inclinarse por la solución más compatible con el principio de participación, considerando las dos primeras horas hábiles las que transcurren entre siete y treinta a nueve y treinta horas.
El aspecto medular
En cuanto al incumplimiento del cuarto párrafo del artículo 46° del Código Electoral de la Provincia, planteado por Cruzada Santiagueña con la adhesión del Frente Renovador 1País y la falta de aceptación de las candidaturas titulares de Alejandro Parnás, Sandra Medina, Facundo Quiroga, Teresa del Valle González, Julio Shturman, María C. Mansilla, Miriam del V. Vittar, Grabiela Montes, Antonela S. Díaz, José Daniel Tauil, Aurora del V. Álvarez, Franco E. Romano Ybarra y Marcela Mabel Barrionuevo, y la de candidatos a diputados suplentes de Juan C. Moreno, César José Scrimini, Mónica del V. Isi, Alejandro Suaid, Yanteh S. Ponce, Berta N. Luna y Franco N. Cheín; la resolución dictamina que los mencionados (16 titulares y 9 suplentes “no revisten el carácter de candidatos” y ordena que a través de la Secretaría del Tribual se disponga al “corrimiento de las listas de los candidatos titulares y/o suplentes que revistan la condición de ‘candidatos’ (...) si operado el corrimiento, la lista incumpliere con el cupo femenino y/o con lo dispuesto en el punto cuarto de esta resolución (cupo de interior), el partido político, frente o alianza electoral, dentro del plazo de 24 horas de notificada la presente, deberá proponer su reacomodamiento, a los fines de adecuar la lista a la legislación vigente respetando —en lo posible— el orden en el que fueran propuestos oportunamente los candidatos.
En el punto cuarto de la resolución, el Tribunal ordena al frente Cambiemos “dar cumplimiento al mínimo del 50 por ciento de los cargos legislativos convocados por el Poder Ejecutivo (primeros 20 lugares de los candidatos titulares), con el fin de dar cumplimiento al mínimo del 50% de participación de ciudadanos del interior de la provincia para asegurar la igualdad real de oportunidades, debiendo adecuar la lista de candidatos intercalando un candidato de Capital y otro del interior y/o viceversa, sucesivamente en los primeros veinte lugares en la lista de titulares, definidos como postulaciones expectables”. Para ello, le da un plazo de 24 horas, a partir de la notificación bajo apercibimiento de hacerlo de oficio el Tribunal en caso de incumplimiento. Y deja debidamente especificado que en todos los casos, y al proponerse el reacomodamiento, se deberá cumplir además con el cupo femenino.
Agradecimiento
Notificada de la resolución que habilita al frente Cambiemos a participar de la elección, fuentes confiables indicaron a Nuevo Diario que la apoderada del PRO, Dra. Felicitas Scaraffia habría manifestado en la Secretaría Electoral: “Gracias, muchas gracias. Prometo que esto no va a suceder nunca más”.
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