La Cámara del Crimen avala el cupo de 900 pasajeros diarios

La Cámara del Crimen avala el cupo de 900 pasajeros diarios

El tribunal rechazó la demanda de un matrimonio por "restricción arbitraria de derechos constitucionales" y avaló el rol del Estado en la pandemia.

La Cámara del Crimen desestimó que el límite de 900 pasajeros diarios para regresar a la Argentina sea “una restricción arbitraria de derechos constitucionales”. El tribunal rechazó una acción de habeas corpus interpuesta por un matrimonio que exigía el regreso inmediato por razones laborales y para atender a sus padres. Así, avaló la medida del Gobierno que busca evitar el ingreso de la cepa Delta de coronavirus en Argentina.

Según publica el sitio de la agencia Noticias Argentinas, la pareja “no ha logrado demostrar que las normas que cuestiona como ilegítimas constituyan una restricción arbitraria de derechos constitucionales”.

Pero además afirmó que “en materia de política sanitaria el Poder Ejecutivo posee discrecionalidad para adoptar las medidas que resulten necesarias e idóneas” para evitar la circulación comunitaria de la variante Delta del coronavirus.

“Limitar el ingreso por un período de tiempo de momento limitado, e ir ampliado en forma paulatina la cantidad de personas constituye una restricción razonable y proporcional para los fines expuestos”, sostuvieron los jueces Hernán López y Ricardo Matías Pinto.

“Es posible sostener que los fundamentos que justificaron las decisiones resultan razonables y proporcionales en aras de conciliar los intereses en pugna”, respondieron, ante el pedido del abogado Alejandro Geretto, en representación de Aníbal Matías González y Mariela Anabel Rivero.

El fallo reconoce, además, que el habeas corpus es el recurso adecuado para tratar este tipo de situaciones y que el fuero penal nacional es competente para tratar estos casos.

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