Buscan reglamentar el funcionamiento de crematorios

Buscan reglamentar el funcionamiento de crematorios
La provincia de Tucumán no cuenta con este sistema, por lo que la legisladora oficialista Carolina Vargas Aignasse presentó un proyecto que reglamente su funcionamiento en Tucumán.
Si bien existen antecedentes en la provincia de Tucumán para la instalación de hornos para la incineración de cadáveres, en la actualidad no se registran lugares que funcionen.

En el año 2010 se aprobó una Ordenanza en el ámbito de la ciudad Capital y anteriormente había sucedido lo mismo en jurisdicción de la ciudad de Yerba Buena, siendo este último resistido por los vecinos.

En los últimos días de la semana pasada ingresó un proyecto de Ley, presentado por la legisladora oficialista Carolina Vargas Aignasse, que busca la regulación de los crematorios que funcionen en la provincia.

A la hora de fundar dicho proyecto, Vargas Aignasse sostiene que “en Tucumán la legislación provincial no la ha regulado expresamente hasta el momento, aunque ya ha sido autorizada por ordenanza en el municipio de San Miguel de Tucumán, desde este año, y el de Yerba Buena, desde el año 2009 por Ordenanza N° 1641/09. Creemos necesario contar con una norma que defina el marco legal general para todo el territorio tucumano, atendiendo especialmente a los aspectos ambientales y sanitarios, por ser materia de competencia provincial”.

Sobre la preocupación de la comunidad sobre la liberación de contaminante, algo que hizo paralizar la instalación de los hornos en la ciudad de Yerba Buena, la parlamentaria sostiene que “en el presente proyecto hemos incluido como requisito para la instalación el garantizar el control de los gases efluentes, evitando la contaminación ambiental y la emanación de olores, así como todo otro impacto actual o potencialmente negativo para la salud, el ambiente y/o la seguridad pública. En particular deberán contar con la tecnología necesaria para impedir las emisiones de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) incluidos en el Convenio de Estocolmo, y sus normas concordantes”, indicó.

“Otro aspecto ambiental que requiere ser regulado es la ubicación de los complejos crematorios, tópico que, a nuestro entender, cae en el ámbito de la competencia en materia urbanística y edilicia, eminentemente municipal. Es decir que cada municipio o comuna rural establecerá los requisitos de ubicación y obra civil de los crematorios, pudiendo, inclusive permitir su instalación en los cementerios públicos o privados”, dijo la legisladora, agregando que “en todos los casos, será obligatorio haber dado cumplimiento al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de conformidad a la Ley N° 6253 y sus normas complementarias y/o modificatorias, en forma previa al inicio de las obras y/o actividades comprendidas en el proyecto. Además deberá adjuntar a la propuesta de la tecnología a utilizar en hornos crematorios, con datos técnicos del mismo y ensayo de mediciones de gases efluentes del horno a utilizar”, sostiene.

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