Ejecutaría las políticas habitacionales de la ciudad. Los recursos para el funcionamiento serían del presupuesto y programas.
En la última sesión del Concejo Deliberante de la Capital tomó estado parlamentario un proyecto presentado por el edil Gilberto Filippin (FCS) propiciando la creación del Instituto Municipal de la Vivienda (IMV). Basándose en el articulado de la Carta Orgánica en cuanto a las competencias en materia de planificación y desarrollo urbano, la iniciativa busca que el organismo asesore tanto al Ejecutivo municipal como al CD en la ejecución de políticas y desarrollo.
“Que la Municipalidad, al contar con el IMV, deberá llevar adelante políticas de acceso para vivienda digna”, dice la fundamentación, agregando que “con este organismo deberá promover y reducir el déficit habitacional”.
El proyecto elevado por el edil opositor prevé que el recurso humano del IMV será compuesto por empleados de planta permanente, tanto del municipio como del propio organismo deliberante.
Dentro de su articulado, el proyecto da cuenta que la creación del IMV apunta a formar un órgano de ejecución de las políticas de viviendas municipales. En este orden, contará “con autarquía administrativa y financiera”.
Los programas o planes de acción sobre los cuales sienta eje el IMV comprenderán la construcción de las viviendas y urbanización de tierras. En cuanto a la promoción de la demanda, serán mediante políticas de “créditos instrumentadas con recursos propios o de operatorias con cofinanciamiento con entidades oficiales”. En este sentido, el IMV financiaría “la oferta estructurando operatorias que permitan el desarrollo de planes habitacionales”.
El proyecto de Filippin detalla las facultades del organismo. El IMV, en caso de aprobarse la iniciativa, podrá administrar los “fondos asignados por las normas vigentes”, como también los convenios firmados por la municipalidad y aquellas normativas provinciales y nacionales destinen para los objetivos.
Entre los objetivos se encuentran la adquisición o transferencia de bienes muebles e inmuebles -a titulo oneroso o constituir sobre ellos derechos reales-.
El organismo podrá proponer expropiaciones de los inmuebles requeridos, siempre que se encuadren en las leyes vigentes.
Fondos
El proyecto contempla que el IMV podrá “recibir subsidios, tomar dinero prestado, fianzas o garantías de bancos y otras instituciones nacionales, provinciales, mixtas o del Banco de Crédito municipal” -en un inciso, se incluye a organismos internacionales-. Para continuar con las operatorias citadas, deberá contar con la conformidad del Ejecutivo y la autorización del CD.
Dentro de las tareas, el organismo se encargará de gestionar y administrar los créditos hipotecarios “que fueran dirigidos a personas físicas y cooperativas dentro de planes o programas de autogestión”, que lleven adelante la construcción de viviendas, “a los efectos de financiación de hasta el 100% del precio de compra, construcción, refacción remodelación o ampliación de inmueble”.
Además, otorgaría subsidios mediante resolución, cuya base sea “el precio de las unidades de vivienda o sobre la tasa de interés a aplicar”.
En cuanto al patrimonio y los recursos para el IMV, los fondos destinados se enmarcan en la ordenanza de presupuesto municipal. Además, el patrimonio se completa con “los aportes que, para el desarrollo de los programas, destine el Estado nacional y el provincial” y “la participación que le pueda corresponder a Capital en la distribución de los Fonavi (Fondo Nacional de la Vivienda)”.
Dentro del articulado se especifica la creación del registro de tierras e inmuebles, el cual estará conformado por aquellos que posean dicha característica -incluyendo Capital, Nación, Provincia-, que transfieran al IMV y que sean aptos para la construcción.
Administradores
Quien administrará el IMV será un directorio, compuesto por un presidente -con cargo equivalente a secretario- designado por el municipio y dos directores -con idéntico rango-. Así, uno será designado por el bloque opositor mayoritario mientras que el segundo será por el secretario de Obras Públicas. Durarán cuatro años en sus funciones.
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