La Junta Electoral Nacional con competencia en Formosa rechazó un pedido de varios partidos opositores y de la Confederación Frente Amplio de suspender el plazo para la oficialización de boletas de sufragios fijado para este lunes porque este acto es consecuencia de la audiencia de presentación de boletas que se llevó a cabo el pasado 23 de setiembre.
La Junta Electoral no hizo lugar a la suspensión del plazo electoral tras recordar que la audiencia prevista en el artículo 64 del Código Electoral Nacional es consecuencia del acto de presentación de boletas en los términos del artículo 62 del mismo cuerpo electoral, y este plazo ya se agotó el pasado 23 de setiembre por mandato de la misma norma.
Partido Obrero
Por otra parte, la Junta Electoral Nacional rechazó una presentación del Partido Obrero distrito Formosa para ser habilitado a llevar un cuerpo de boleta para la categoría de cargos presidenciales.
El tribunal consideró que, si bien el Partido Obrero participó de las elecciones primarias del 14 de agosto último llevando como candidato a presidente a la fórmula de la Alianza Frente de Izquierda y de los Trabajadores, el mismo no alcanzó el mínimo de porcentaje legal establecido en la Ley 26.571.
Advierte la resolución la no participación en el proceso preelectoral en marcha en virtud de lo establecido en la norma aludida, sin haber alcanzado el porcentaje mínimo establecido por la norma precitada, cuya condición esencial es haber obtenido como mínimo un total de votos, considerando los de todas sus líneas internas, iguales o superiores al uno y medio por ciento de los votos válidamente emitidos en el distrito de que se trate para la respectiva categoría.
En virtud de esto, la Junta Electoral resolvió que el Partido Obrero no se encuentra en condiciones de participar de las elecciones del próximo 23 de octubre, resultando imposible que mantenga un convenio de adhesión para una fórmula presidencial, aunque la Alianza Frente de Izquierda haya alcanzado los presupuestos fijados y participe de la contienda electoral.
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