Avanzar y Cambiemos: el Superior Tribunal ordenó oficializar la lista Consenso y Unidad

Avanzar y Cambiemos: el Superior Tribunal ordenó oficializar la lista Consenso y Unidad

Hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad planteado por el Frente y envió las actuaciones al juez electoral para que habilite a la nómina “oficial” para participar de las elecciones generales del 22 de octubre.

A 13 días de las elecciones, la lista “oficial” del Frente Avanzar y Cambiemos por San Luis – denominada “Consenso y Unidad” - será habilitada para competir en aquellas categorías en las que la Justicia Electoral había proclamado a los candidatos de la nómina “Comité Presidente Raúl Alfonsín”.

Así lo resolvió este lunes el Superior Tribunal de Justicia, al hacer lugar al recurso de inconstitucionalidad planteado por los apoderados de la alianza opositora que, desde un primer momento, desconocieron a la lista 83 como parte del frente.

El máximo organismo judicial, integrado en esta ocasión por Carlos Alberto Cobo, Beatriz Agustina Tardieu de Quiroga y Néstor Marcelo Milán, consideró que los fallos del juez electoral y del propio tribunal electoral provincial evidenciaron la “arbitrariedad” alegada por el frente, ya que la lista que pretendía competir en internas nunca fue oficializada por la junta electoral partidaria.

En la argumentación, el STJ sostiene que “solo pueden ser registrados como candidatos aquéllos que resultaren oficializados por las juntas electorales partidarias, es claro que en este caso el Juez Electoral no podía apartarse de tales resoluciones”.

En este sentido, recordó que la Junta Partidaria no sólo rechazó la ‘Lista Nº 83 Comité Presidente Raúl Alfonsín’, sino que también oficializó la lista ‘Consenso y Unidad por San Luis’; y que ninguno de los dos dictámenes fueron impugnados en los plazos establecidos.

Con esos fundamentos, el STJ resolvió “hacer lugar al recurso extraordinario de inconstitucionalidad planteado, por la causal no reglada de arbitrariedad”, con lo que anuló la sentencia que habilitó la realización de las Primarias Abiertas y Simultáneas dentro de Avanzar y Cambiemos, de las que solo participó la lista del Comité.

En el segundo apartado del resolutorio, ordenó “que bajen las actuaciones para que el Juez Electoral Provincial proceda en el término de seis (6) horas a partir de la notificación de la sentencia en el buzón de correo electrónico, a oficializar la lista de candidatos presentada por la Alianza Avanzar Cambiemos por San Luis, denominada Consenso y Unidad”.

Además, dictaminó que “previo a la oficialización de la lista, el Juez Electoral Provincial, por Secretaría, deberá constatar el cumplimiento del cupo femenino, y certificado de no estar registrados los candidatos en el Registro de Alimentarios Morosos de la Provincia, y demás requisitos de ley habilitantes al efecto”.

Las partes, en tanto, podrán interponer recursos extraordinarios federales en un plazo de 48 horas.

De esta manera, la lista Consenso y Unidad podrá presentar sus candidatos en las categorías: diputado provincial por el departamento Juan Martín de Pueyrredón, senador provincial por el departamento Pedernera, intendente de Juana Koslay y concejales de San Luis, Villa Mercedes, Juana Koslay y San Francisco del Monte de Oro.

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