El Tribunal Electoral Provincial dio a conocer ayer varias resoluciones que pasarán a formar parte de las normas que regirán en los comicios del próximo 30 de noviembre. Entre las más importantes tienen que ver con la autorización a adosar boletas electorales a las candidaturas a gobernador y vice de listas de postulantes a diputados y comisionados municipales.
También la máxima autoridad electoral que en el estado actual del Código Electoral Provincial no contiene prohibición alguna al respecto.
“La adhesión o anexión sub exámine, nada tiene que ver con el doble voto simultáneo y acumulativo, propio de la llamada ley de lemas, toda vez que la adhesión no implica la transferencia de la voluntad del elector expresada para una fuerza política determinada y que luego pueda beneficiar o tributar a otra”, se fundamentó.
Otro punto de los argumentos, remarcó: “Nuestra Constitución Provincial en su artículo 150, al referirse al Poder Ejecutivo adopta la siguiente fórmula: ´El Poder Ejecutivo será desempeñado por un ciudadano con el título de gobernador de la provincia y en su reemplazo por el vicegobernador, elegido al mismo tiempo y período que aquel´. Al utilizar el constituyente el término ciudadano, no refiriéndose al partido o alianza que lo sostenga, no existe peligro de transferencia o acumulación del sufragio del electorado en la selección del candidato de su preferencia por mas que la boleta que lo contenga vaya anexada a la de otra fuerza política distinta que presente otras categorías de candidatos, por lo que consideramos que esta cuestión debe tener idéntica resolución a la adoptada en aquella oportunidad”.
Por otro lado, en concordancia con el artículo 4 del Código Electoral, se permitirá votar a las personas que se encuentren privadas de su libertad cumpliendo prisión preventiva y para ello se confeccionará un registro especial, con los datos que provean los jueces.
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