Se encuadran en negociaciones paritarias y tienen vigencia desde el 1 de agosto del corriente año.
“Luego de extensas reuniones desarrolladas entre nuestra Federación, el sector empresario y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, se arribó al acuerdo salarial de carácter nacional para todas las compañeras y compañeros trabajadores encuadrados en ambos convenios”.
El Convenio 108/75 comprende al personal técnico, administrativo y obrero de los institutos médicos, clínicas y establecimientos de todo orden sin internación, institutos o consultorios odontológicos, laboratorios biológicos y de análisis clínicos, rayos X o similares, consultorios de toda índole (médicos, odontológicos, bioquímicos, kinesiológicos y de terapias), clínicas e institutos de preservación de la Salud (baños, cuidado corporal, etc.) y en general, a todos los establecimientos que se desempeñen en toda organización sin internación cuya finalidad sea la recuperación, conservación y/o preservación de la salud.
Por su parte, el CCT 459/06, encuadra a los compañeros de la sanidad que desempeñan tareas en empresas de emergencias médicas, medicina domiciliaria y traslado de pacientes con fines sanitarios.
La nueva escala salarial del CCT 108/75 establece aumentos en tres tramos (agosto y diciembre de 2011 y febrero de 2012) y un 15% adicional para Licenciados universitarios de todas las actividades inherentes a la salud. Por su parte la actualización salarial del CCT 459/06 quedó establecida en cuatro tramos: agosto, octubre y diciembre de 2011 y febrero de 2012. Los aumentos tendrán vigencia hasta el 31 de julio de 2012.
“Unidos y solidarios arribamos a los objetivos propuestos por nuestra organización nacional y local seguimos obteniendo las mejores actualizaciones salariales para todos los trabajadores de la salud, fortaleciendo así la tarea de nuestro sindicato”, destacaron desde ATSA.
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