Según información recabada, nos contaba un empleado municipal del área, que "los supervisores municipales de calle alegan que ellos semanalmente informan a la superioridad por escrito las distintas anomalías que se observan; pero que si van al archivo de los informes que presentan se encuentran con que los reclamos posibles de realizar, órdenes de servicio y sanciones son reiterados semana tras semana
ALGUNOS DE LOS ARTICULOS POR LOS QUE TODOS PAGAMOS Y NADIE REALIZA
ARTICULO 3: COTIZACION
Los oferentes cotizaran el servicio de la siguiente forma:
BARRIDO Y LIMPIEZA DE 659 CUADRAS DIARIAS Y 1535 CUADRAS DIA POR MEDIO Y BARRIDO Y DESINFECCION DE LAS FERIAS FRANCAS, CON APORTE DE CONTENEDORES INCLUÍDOS EN LA PRESTACION en todo el Municipio de Lanús.
Los oferentes deberán cotizar la prestación del servicio por un único precio por día de prestación hábil y por un único precio por día de prestación feriado, incluyendo.
30 contenedores de 1,5 metros cúbicos.
15 contenedores de 3 metros cúbicos
10 contenedores de 5 metros cúbicos
4 contenedores de 20 metros cúbicos abiertos (Sistema Roll-Off)
2 contenedores de 20 metros cúbicos cerrados (Sistema Roll-Off)
20 contenedores de 28 metros cúbicos (Sistema Roll-Off)
2 Bateas de 30 metros cúbicos abiertas
ARTICULO 1: MODALIDADES DE LA PRESTACION
El servicio comprende el barrido de las calles pavimentadas en el área indicada en al plano adjunto; y consistirá en el barrido, recolección y embolsado de toda clase de residuos de cualquier origen o naturaleza, que se encuentren diseminados en la vía pública, con excepción de los provenientes de obra pública o privada; y además el barrido de las aguas, sin discriminar origen o naturaleza, que se encuentren en la vía publica, hacia los sumideros de la red de desagües pluviales.
La limpieza se hará en toda la calle, aunque no existan cunetas ni cordones. Deberá ser recolectado todo elemento mencionado en el párrafo precedente, que se encuentre diseminado a no más de un metro del cordón de la vereda sea esto provocado por bolsas de recolección rotas u otras situaciones derivadas del servicio, sea que se halle sobre calzada o acera. En época otoñal de caída de hojas la empresa deberá reforzar los cuadros indicados por la supervisión para el barrido de las mismas. Las mismas serán realizadas de 6.00 a 13.00 hrs.
ARTICULO 2: DIAS Y HORARIOS DE PRESTACION DEL SERVICIO
La prestación del servicio que se licita deberá efectuarse diariamente, de lunes a sábados de 6.00 a 13.00 horas y los días feriados deberá realizarse de 7.00 a 14.00 horas, debiendo la empresa modificar los horarios de prestación del servicio en la totalidad o en un subsector del área total comprendida a sólo requerimiento del Municipio de Lanús. Las 1535 cuadras tres veces por semana deberán ser barridas, los días lunes miércoles y viernes (tres (3) veces por semana) y los días martes, jueves y sábados (tres 3) veces por semana, en las zonas que de acuerdo al plano adjunto indica esta Municipalidad, El total de cuadras, deberán ser barridas, según el detalle antes indicado. Las tareas deberán comenzarse a las 6.00 horas debiendo finalizar las mismas a las 13.00 horas, debiendo la empresa modificar los horarios de prestación del servicio en la totalidad o en subsectores del área total comprendida, a requerimiento de la Municipalidad.
ARTICULO 4: PERSONAL AFECTADO AL SERVICIO Y PLAN DE TRABAJOS
Para la prestación del servicio, la contratista podrá emplear medios manuales o mecánicos.
Para el barrido manual se dispondrá como mínimo de un (1) barrendero cada quince (15) cuadras, considerándose las cuadras de 100 mts. de longitud.
Dentro de los cinco (5) días hábiles de formalizado el contrato, la Municipalidad aprobará el PLAN DE TRABAJO presentado.
ROPA DE TRABAJO: Adaptada a las condiciones climáticas según lo siguiente: camisa o buzo, según la estación, pantalón, guantes, botas de goma, sombrero de paja o gorro y capa con capucha impermeable, todos los elementos de colores reflectantes con identificación claramente visible del nombre de la empresa.
HERRAMIENTAS: Cepillo barredor, secador de goma, pala y carrito adecuado. Todos estos elementos deberán ser reemplazados cuando se encuentren en malas condiciones
BOLSAS PLASTICAS: Cada barrendero deberá contar con la cantidad de bolsas necesarias para el cumplimiento correcto y ordenado de su tarea diaria.
ARTICULO 6: PRODUCTO DEL BARRIDO
Los residuos, producto del barrido y cordoneo serán recogidos en bolsas plásticas alojadas en carritos especialmente diseñados para este servicio. Completada la carga, las bolsas serán depositadas y distribuidas sobre las diferentes aceras del sector donde se realizo el barrido, sin causar ningún perjuicio a terceros o, para luego ser recogidas por el servicio asignado a tal fin.
ARTICULO 7: EQUIPOS
Para la realización de este servicio, traslado de equipos y materiales, tareas de supervisión, deberán contar con los siguientes vehículos:
Dos (2) camionetas tipo Pick-up con capacidad para cuatro personas, modelo no anterior a 2005, destinadas a tareas de control y supervisión municipal, equipos de comunicación a los efectos de estar intercomunicados con la Dirección General de Servicios Ambientales y la Dirección de Higiene Urbana y todos los vehículos afectados (radios VHF-radio TRUNKING DIGITAL TIPO MOVILINK o similar) 10 equipos como mínimo, los cuales serán entregados a la Subsecretaría de Gestión Ambiental para su posterior ubicación.
ARTICULO 9: MEDIOS MECANICOS
Los oferentes deberán considerar como integrante de este servicio, la utilización de medios mecánicos en aquellas calles del Partido a servir que aseguren una prestación más eficaz, sin que sea considerado adicional.
ARTICULO 11: FERIAS FRANCAS
Se incluye en el presente el barrido del total de las ferias francas del Partido y su posterior desinfección, su valor no tendrá Ítem aparte, por lo cual estará incluido en la Oferta.
ARTICULO 12: ZONAS ESPECIALES
La empresa adjudicataria deberá prever de barrido permanente (de 8.00 a 18.00 horas) asignado al sector de las Plazas Belgrano y Restituto Caraza, comprendido entre las calles TUCUMAN y J.V.GONZALEZ - VIAS DEL F.F.C.C. -M. WEILD HASTA H.YRIGOYEN- inclusive -25 DE MAYO DE H. YRIGOYEN a 20 DE SEPTIEMBRE- DEL VALLE IBERLUCEA –DR. MELO – MTRO. BRIN – CAVOUR – 2 DE MAYO – MACHAINT de JUAN PIÑEIRO a CARLOS GARDEL- JUAN PIÑEIRO de AVDA. Yrigoyen a MI9NISTRO BRIN – 9 DE JULIO de 29 DE SETIEMBRE a HECTOR GUIDI- ITUZAINGO de 29 DE SETIEMBRE a ONCATIVO – 29 DE SETIEMBRE entre EL CRUCE BAJO NIVEL MOISES LEBENSHON inclusive y el BAJO NIVEL JUAN MANUEL DE ROSAS, incluye pasos peatonales y todos los cruces de vías desde el PUENTE GERLI hasta el cruce
DIPUTADO TORRES inclusive.
Asimismo se deberán incluir las rampas correspondientes al PUENTE PRESIDENTE Tte. Gral.. JOSE FELIX URIBURU (LADO PROVINCIA)
LAVADO DE VEREDAS: la adjudicataria deberá efectuar, por medios mecánicos idóneos que permitan la impulsión de agua a presión, el lavado y el levantamiento de los residuos que se produzcan, en los sectores y por los días que se indican a continuación:
1 Avda. 9 de Julio e/ 29 de Septiembre y Córdoba (Paseo 9 de Julio), los días domingos, martes y viernes.
2 Plaza "Gral. Belgrano", ubicada frente a la Estación de Ferrocarril de Lanús y Avda. Hipólito Irigoyen, los días domingos, martes y viernes.
3 Plaza "Mariano Moreno", ubicada frente a la Estación de Ferrocarril de Remedios de Escalada y Avda. Hipólito Irigoyen, los días domingos y viernes.
4 Plaza " Constitución", ubicada en la Avda. Pte. Perón e/ Paso de Burgos e Itapirú, los días domingos y viernes.
5 Plaza " 1º de Mayo", ubicada en Avda. Pte Perón e/ Ucrania y Dr. Paxot, los días domingos y viernes.
Las tareas se llevaran a cabo dentro del horario de 22.00 a 6.00 horas
ARTICULO 6 TIPIFICACION Y MONTO DE LAS SANCIONES
INFRACCION
MONTO EQUIVALENTE
1- Por no cumplimentar orden de servicio
20% valor diario
2- Por desobedecer al personal de inspección de la Municipalidad o por no guardar el debido respeto con el mismo y público en general
20% valor diario
3- Por solicitar dádivas, propinas, etc. , el adjudicatario o su personal
25% valor diario
4- Por transportar personas no afectadas al servicio
20% valor diario
5- Por realizar el servicio con personal de edad menor a 18 años, con personal no regularizado acorde al artículo 22 primera parte y 23 del Pliego Legal General y artículos 10 y 12 del Pliego Legal Particular y por transgredir normas de derecho laboral
50% valor diario
6- Por efectuar la prestación con ropa inadecuada o sin ella.
20% valor diario
7- Por no separar del plantel al personal ordenado por la Municipalidad.
50% valor diario
8- Por efectuar la prestación causando ruidos molestos
20% valor diario
9- Por no mantener los equipos en servicio en aceptables condiciones de funcionamiento, conservación, equipamiento e higiene
20% valor diario
10- Por no cumplir con el servicio y sin perjuicio del descuento del servicio no prestado
100% valor diario
11- Por transgredir disposiciones de tránsito vigente.
20% valor diario
12- Por no efectuar en forma eficiente cualquiera de las prestaciones que involucra la recolección de residuos
50% valor diario
13- Por depositar residuos en lugares no autorizados por el Municipio
50% valor diario
14- Por no iniciar las tareas en el horario establecido
50% valor diario
15- Por no cumplir con lo dispuesto en el Artículo 5 por día
50% valor diario
16- Por seleccionar o permitir clasificar los residuos; por dejar diseminados residuos que pudieran quedar por las roturas de bolsas o envases
30% valor diario
17- Por el abandono del servicio.
50% valor diario
18- Por la falta de prestación del servicio en el período de un día, sin perjuicio del descuento que corresponda
100% valor diario
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