Básicamente es lo que respondio Iván Budassi por nota al presidente del Concejo Deliberante de nuestra ciudad.
Iván Budassi explicó en una nota dirigida al presidente del HCD, detalles de la investigación realizada por Arba e hizo hincapié en que, ante la existencia de elementos indicativos de una posible falsedad ideológica, se interpuso una denuncia penal ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 8 de Investigaciones Complejas del Departamento Judicial La Plata.Además, aclaró que en esa presentación judicial pidió que se investigue, entre otros, la posible comisión de los delitos de falsificación de documento público, uso de documento falsificado y asociación ilícita. Y solicitó a la Fiscal actuante que, más allá de los indicios obtenidos y aportados por Arba, determine cuál es la residencia principal de los dueños de vehículos “prima facie” involucrados y brinde esa información al organismo para que se pueda avanzar en el cobro de las obligaciones tributarias.Los elementos que sustentan la denuncia fueron recabados por Arba a través del cruce de datos con otras dependencias, es decir que, dado que son autos no radicados en la provincia de Buenos Aires, no constan registros de los mismos en la base de la Agencia de Recaudación.Por ese motivo, al tratarse de registros y bancos de información ajenos a Arba, y administrados por diferentes organismos y entes estatales y privados (particularmente la Dirección Nacional de Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, que es autoridad de aplicación del Régimen Jurídico del Automotor), el contenido de esos datos debiera solicitarse en esa dependencia.Además, en función de lo que determina la Ley de Protección de Datos Personales, este tipo de información sólo puede transmitirse entre dependencias cuando se realice en forma directa y en la medida del cumplimiento de sus respectivas competencias. En ese sentido, cabe destacar que la función esencial de Arba es la recaudación de los tributos y no la difusión de información cuya recolección, tratamiento y custodia ha sido asignada por Ley a otro organismo.Por último, la nota aclara que, si el pedido se hubiese referido a información que se encuentra registrada en la base de datos de la Agencia de Recaudación (cosa que aquí no sucede), para acceder a la misma sería necesario, además de no violentar el debido resguardo del secreto fiscal, respetar el principio de pertinencia, requisito que no se advierte en el pedido, ya que carece de argumentaciones sobre su motivación. Al mismo tiempo, se subraya que para preservar la reserva del proceso en trámite, toda información vinculada con la investigación penal debe ser dirigida a las autoridades judiciales pertinentes.

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