ARBA estableció un Código de Ética y los trabajadores ya no podrán hacer críticas

ARBA estableció un Código de Ética y los trabajadores ya no podrán hacer críticas

Para aleccionar a sus empleados y ponerlos en “caja” por si a alguno se le ocurre actuar contra los “valores” institucionales, ARBA lanzó un Código de Ética que detalla cómo debe ser el comportamiento de un buen empleado público. Primero, no hablar mal de ARBA. Segundo, no deberle un centavo en impuestos. El incumplimiento significa una sanción.

Parece increíble, pero es real. El código del organismo que conduce Gastón Fossati pone en tela de juicio la moral del trabajador. Es que basta leer sus cuarenta y cinco artículos escritos sobre veintitrés páginas para entender que se atenta contra la libertad de expresión y se condiciona el bolsillo del laburante, entre otros puntos sobresalientes.

El libro arranca diciendo: “El presente código establece las pautas de comportamiento ético que deben orientar el desempeño del personal que presta servicios en la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires”.

Y cita que, entre sus objetivos, busca “promover la honestidad, integridad, probidad y transparencia, prevenir conductas disvaliosas para la organización, el estado en su conjunto y la sociedad civil, fortalecer la confianza de la ciudadanía hacia el organismo, fortalecer los parámetros de excelencia en la gestión”.

Así las cosas, desandar el librito invita a la reflexión del lector, más aún del trabajador que a partir de ahora deberá medir sus comentarios en redes y evitar opiniones incómodas hacia ARBA.

“Los agentes deberán abstenerse de efectuar manifestaciones en cualquier espacio o foro público (entre los que cabe incluir a las redes sociales) sobre asuntos, políticas y/o programas concernientes a la agencia, tales como: a) declaraciones y/o publicaciones de carácter público u opiniones personales que pudiesen interpretarse como comentarios oficiales, inclusive las efectuadas en las redes sociales; b) declaraciones, publicaciones y/o registros audiovisuales en la prensa y las redes sociales de carácter público que pudiesen perjudicar, desprestigiar o afectar la imagen institucional de ARBA o afectar su patrimonio; c) declaraciones, publicaciones y/o registros audiovisuales en la prensa o por cualquier medio que en forma pública -inclusive en las redes sociales- se refieran en términos despectivos, irrespetuosos o peyorativos en relación a otros agentes -pares, superiores o subordinados- o a los actos emanados de las autoridades de la agencia”.

El artículo es un adoctrinamiento solapado de cómo comportarse para mantener la fuente de trabajo. Nada dice sobre la libertad de las personas y el derecho constitucional de poder decir libremente.

Pero hay más. En el artículo 16 la cosa va a mayores. Los magros sueldos del empleado público también están en peligro. Ninguno que trabaje en la agencia puede tener deuda con Arba.

“Los agentes que como contribuyentes, agentes de recaudación y/o responsables solidarios registren deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario, a los Automotores y embarcaciones deportivas o de recreación, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos incluyendo sus intereses, recargos y sanciones, según el impuesto del que se trate, no regularizadas hasta el 31 de diciembre del año calendario inmediato anterior al año en curso, serán intimados en forma fehaciente por la gerencia de Responsabilidad Profesional para que regularicen su situación fiscal -mediante cualquier modalidad de cancelación de las obligaciones tributarias previstas en el Código Fiscal, incluyendo la formalización del acogimiento al régimen previsto en la resolución normativa Nro. 6/16 y modificatorias- dentro de los treinta días (30) días hábiles administrativos contados a partir de la intimación practicada. Vencido dicho plazo sin que el agente hubiese acreditado el cumplimiento de sus obligaciones mediante la presentación correspondiente que así lo demuestre ante la gerencia de Responsabilidad Profesional, se iniciará el procedimiento disciplinario que correspondiere, sin perjuicio de la prosecución de las acciones de cobro, determinación y ejecución que correspondan según la legislación fiscal vigente y su reglamentación”.

Leer el Código de Ética raya la prohibición de libertades inherentes a cualquier ciudadano en un país democrático, pero además desnuda el hostigamiento que se vive en buena parte de la administración pública bonaerense, donde, con el fin de recaudar, se meten en la economía de los trabajadores a los que obligan a pagar impuestos sin reparar en que, en ocasiones, la crisis los llevó a renunciar y dejar de pagar servicios esenciales.

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