El Concejo Deliberante aprobó el pasado jueves el Proyecto de Ordenanza que establece el diseño e implementación del Sistema de Seguridad y Vigilancia por cámaras de video en espacios públicos y vías de acceso a la ciudad de Chivilcoy.
Esta normativa establece que la Secretaría de Seguridad será la autoridad de aplicación de la ordenanza y será el área responsable de conformar 'un equipo técnico idóneo' para su cumplimiento. Además, a esta secretaría le competerán las funciones de efectuar análisis sistemáticos de las áreas de la ciudad de mayor vulnerabilidad delictiva, realizar estudios de factibilidad e instalación del equipamiento, capacitación del personal de monitoreo y mantenimiento del sistema y ejecutar un programa de mapeo delictivo zonificado para brindar un reporte diario a las autoridades policiales. En esta ordenanza se estableció que las cámaras se destinarán exclusivamente a la prevención y persecución de delitos y no para detectar faltas, contravenciones o infracciones de tránsito, 'hasta tanto se disponga su homologación por las leyes que rigen en la materia'. Asimismo se permitirá incorporar al sistema las videocámaras de particulares y de vigilancia privada, previo registro, homologación y autorización respectiva, 'aunque el costo que ello implique estará a cargo de los solicitantes'. Por otra parte, se indicó en la ordenanza aprobada que la autoridad de aplicación deberá asegurar la información obtenida por el sistema en las sucesivas fases de captación, grabación, uso, conservación, almacenamiento y destrucción de las imágenes, garantizando que las pruebas y resultados obtenidos se utilizarán de acuerdo a las normas legales, éticas y profesionales, y además se deberán adoptar las medidas para garantizar la seguridad y confidencialidad. La normativa dejó en claro que las videocámaras no se podrán utilizar para tomar imágenes del interior de propiedades privadas, salvo mediante orden judicial expresa, y tampoco podrá captar sonidos. Asimismo se arbitrarán los medios APRA que puedan ser utilizadas por jueces y fiscales en estén interviniendo en causas vinculadas con lo filmado. En otro orden de cosas, se estipuló que las imágenes deberán ser conservadas por un plazo de un año, y vencido ese plazo serán destruidas a excepción de aquellas que, por disposición legar, deban ser reservadas. En tanto, el Municipio podrá utilizarlas en campañas de difusión pública. En tanto, los operadores y todo el personal del centro de monitoreo deberán desempeñarse conforme el Reglamento de Actuación y Protocolo que también fue aprobado por el Concejo De
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