Aprobaron ordenanza con nuevas medidas de seguridad en peloteros

Aprobaron ordenanza con nuevas medidas de seguridad en peloteros

La norma prevé agregados a la ordenanza anterior en cuanto a medidas de seguridad, materiales, sanitarios y personal idóneo.

El Concejo Deliberante de Paraná sancionó una ordenanza que establece mayores medidas de seguridad para el funcionamiento de peloteros, castillos inflables o juegos similares.

 La iniciativa, impulsada por la concejal María Rosana Núñez (FpV), tiene como objetivo “garantizar la seguridad de los chicos”.

 La norma aprobada modifica la Ordenanza N° 8.814, que reglamenta dicha actividad, y establece, entre otros requisitos, que los juegos deberán ser de materiales y diseño que no atenten contra la seguridad de los usuarios. También prevé que los pisos donde estén instalados los juegos deberán ser construidos con material antideslizante, no inflamable e ignífugo.

 Los juegos elevados respecto al nivel del piso deberán contar con elementos que los sujeten o amarren y, en el caso de los inflables, cuyo sistema funcione con motores eléctricos, se deberá prever que estén perfectamente protegidos y fuera del alcance de los niños.

 Con relación a las instalaciones de los establecimientos habilitados para esta actividad, la ordenanza sancionada exige que cuenten con baños adecuados, separados por sexo, para personas con capacidades diferentes, con iluminación, agua potable, servicio de limpieza y mantenimiento permanente. 

Los sanitarios deberán adaptarse al rubro de sus usuarios, contando con mingitorios y lavamanos en baja altura, inodoros pequeños para los infantes, como así también sanitarios para adultos. 

El texto también aclara que será obligatorio contar con personal idóneo y capacitado de acuerdo a la capacidad declarada de ocupación para el cuidado de los niños.

La norma también se refiere a aquellos establecimientos que cuenten con piletas de natación, las que deberán estar provistas de medidas de seguridad como vallado o reja, que no permitan el ingreso de menores, bajo la supervisión de personal capacitado, con título habilitante de guardavidas o, en su defecto, haber realizado cursos de capacitación en rescate y primeros auxilios.

Finalmente, el texto sancionado estipula que los negocios dedicados a esta actividad tendrán un plazo de 90 días corridos para adecuar sus locales, a partir de la promulgación de la misma por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.

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