La normativa precisa que el Banco Municipal de Materiales de Construcción otorgará los créditos luego de recibir del interesado una factura proforma de proveedores locales con todos los materiales necesarios para la construcción, ampliación o refacción de viviendas familiares únicas, cuya devolución deberá realizarse en su equivalente en pesos
Con el voto positivo de sus 18 integrantes, el Honorable Concejo Deliberante aprobó el viernes, durante su 5ta. Sesión Ordinaria del año, el Proyecto de Ordenanza que crea el crédito municipal para la compra de materiales para la construcción, refacción y ampliación de viviendas.
El cuerpo legislativo también aprobó por unanimidad el Proyecto de Comunicación que impulsa la restricción del tránsito de autos y motos –excepto los móviles policiales y de los inspectores- los fines de semana y feriados en el Parque Municipal Conrado Villegas, de la ciudad de Trenque Lauquen, aunque su implementación dependerá del análisis de factibilidad que haga el Departamento Ejecutivo.
El Crédito Municipal para la compra de materiales para la construcción, refacción y ampliación de viviendas funcionará dentro del esquema orgánico que reglamente el Departamento Ejecutivo.
La normativa precisa que el Banco Municipal de Materiales de Construcción otorgará los créditos luego de recibir del interesado una factura proforma de proveedores locales con todos los materiales necesarios para la construcción, ampliación o refacción de viviendas familiares únicas, cuya devolución deberá realizarse en su equivalente en pesos.
Los préstamos podrán ser requeridos por aquellas parejas o familias que acrediten ser titulares mediante escritura del lugar donde se realizará la obra. No se tendrán en cuenta los beneficios de pensiones asistenciales graciables, asignación universal por hijo y salario familiar a efectos de la determinación de los ingresos del solicitante.
Entre los requisitos para acceder a estos préstamos figura la obligatoriedad de tener domicilio real en el distrito con una antigüedad no menor a los cinco años. Pero además no se otorgarán para proyectos que superen los 60 metros cuadrados de edificación.
Los préstamos no podrán superar el equivalente a siete veces los ingresos declarados en el caso de ampliación o refacción y hasta 15 veces en los casos de construcción de nueva vivienda. Y los materiales créditos otorgados se entregarán en etapas, en función del avance de obra, que tendrá la supervisión de personal asignado por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Los beneficiarios podrán devolver el crédito con un plan de devolución de hasta 60 cuotas iguales, mensuales y consecutivas calculadas según el sistema francés, incluyendo intereses de acuerdo a la tasa pasiva promedio del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Y el valor de la cuota mensual no podrá superar el 25% de los ingresos declarados.
El vencimiento de la primera cuota vencerá a los 120 días desde la última entrega de materiales o al año, contados desde el otorgamiento del crédito, el que resulte mayor.
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