El protocolo se comenzó a diseñar a partir de la relocalización de los vecinos que viven a la vera de los arroyos El Gato y Maldonado luego de la inundación del 2013. En el mismo se establece los pasos a dar para avanzar en este tipo de procedimientos, como la obligación de realizar un censo y establecer una mesa con participación de las familias que serán mudadas.
El gobierno bonaerense, a través de la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda, aprobó el “Protocolo de actuación para casos de relocalizaciones”, tal como lo establece la Ley 14.449 de Acceso Justo al Hábitat sancionada por la legislatura provincial en 2012.
El protocolo establece la conformación de una Mesa de Gestión Participativa entre el Estado y los vecinos implicados en la relocalización a través de sus representantes. Además indica que antes de avanzar con el procedimiento se den ciertos pasos: la realización de un censo, la elaboración de un Plan Director en el que se defina la estructura urbana del lugar donde serán relocalizadas las familias y que será sometido a discusión en la Mesa de Gestión Participativa, y pautas para la notificación de la relocalización.
Según lo establece el documento, la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda y el municipio correspondiente deberán procurar que la reubicación de las familias sea lo más próximo posible al lugar de vivienda original, que las nuevas casas contemplen las necesidades de espacio de cada familia, contemplando, el acceso a los servicios de salud y educación.
La coautora del proyecto y miembro del Consejo Provincial de Vivienda y Hábitat, Alicia Sánchez, aseguró “la aprobación de este protocolo representa un avance significativo en la implementación de la Ley de Hábitat, ya que de esta manera, se asegura el respeto a los derechos humanos de las familias que deben someterse a un proceso de relocalización forzada”.
Y agregó: “que sin pautas claras de procedimiento, los sectores más vulnerables, son sometidos a procesos traumáticos y el avasallamiento de sus derechos a un hábitat adecuado”.
Esta medida responde al fallo del Juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata, Luís Arias, que había ordenado al Gobierno de la provincia de Buenos Aires y a los municipios de La Plata y Berisso relocalizar a las familias que viven a la vera de los arroyos El Gato y Maldonado que fueron afectados por la inundación del 2 de abril de 2013.
“Estas circunstancias se producen en contextos determinados como ser riesgo por inundaciones, hacinamiento, conflictividad social y/o ante la necesidad de ordenamiento urbano”, explicó la legisladora.
Con esta resolución se crea para dar respuesta al “pleno cumplimiento a lo de establecido en la Ley 14.449 de Acceso Justo al Hábitat y su Decreto Reglamentario 1.062/13, elaborando un Protocolo de Intervención en materia de Relocalización en coordinación con el Consejo Provincial de Vivienda y Hábitat”.
En esa línea la Diputada señaló que “el protocolo también constituye un logro del Consejo Provincial de Vivienda y Hábitat, con quien hemos trabajado de manera conjunta para concretar este objetivo”.

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