Se aprobó la ley que beneficia a las empleadas domésticas

Se aprobó la ley que beneficia a las empleadas domésticas
Regirá desde que se reglamente y publique. Entre otros beneficios, habilita la relación de dependencia con 2 horas semanales, vacaciones, aguinaldo y algo clave: licencia por maternidad.

La Cámara de Diputados de la Nación aprobó anoche la ley que crea el Régimen de Contrato de Trabajo para el personal de casas particulares. Ya había sido aprobado por el Senado en noviembre pasado. Abarca a las empleadas domésticas de Córdoba y regirá desde que se reglamente y publique en el Boletín Oficial.

El proyecto que llegará al recinto, que se aprobó sin cambios en la Cámara Baja, establece una serie de beneficios que fueron largamente reclamadas por las organizaciones que representan a las empleadas de todo el país.

“Estoy muy emocionada, no paro de llorar”, reconoció a Día a Día Alcira Burgos, titular del Sindicato de Empleadas Domésticas de Córdoba. “Hace 50 años que luchamos por esto, por una ley para nosotras y por fin lo hemos logrados. Estamos felices”, agregó la dirigente que hace 27 años pelea por los derechos de las mujeres que trabajan en casas particulares.

Para Burgos, lo más importante es que se habilitó el derecho a la maternidad. “Nadie lo refleja, pero esto impedirá que se sigan despidiendo mujeres por el sólo hecho de quedar embarazadas”, denunció, aún dentro del Congreso de la Nación, en Buenos Aires.

Para mejor. Entre otros beneficios, la nueva ley dispone una jornada de trabajo que no puede pasar las ocho horas diarias (ó 48 semanales). Además, si el empleador se excede, deberá pagar horas extras. También establece que “el reposo nocturno de los trabajadores de casas particulares debe ser, como mínimo, de nueve horas consecutivas, más un descanso de tres horas al mediodía, que incluye el horario del almuerzo. Asimismo, siempre habrá relación de dependencia, aun por dos horas semanales. Hoy se exige desde las 16 a la semana. Eso da derecho a vacaciones y a aguinaldo.

En cuanto a la licencia, se estipula una licencia paga por enfermedad o accidente de hasta seis meses, ambas dependiendo de la antigüedad del trabajador. También se incluye la licencia por maternidad, a cargo de Anses.

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Otras mejoras que llegan

Fin de semana. Asimismo, el descanso semanal será de, al menos, 35 horas, en tanto el sábado el final de la jornada será a las 13, mientras que el domingo no es laborable.

Vacaciones. La nueva redacción también estipula vacaciones a partir de los seis meses de antigüedad, de 14 días corridos; 21 días después de los cinco años.

Menores de edad. Se prohíbe el trabajo doméstico a menores de 16 años.

Seguro. Se incluye la obligación por parte del empleador de contratar un seguro por riesgos.

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