Fueron colocados donde no se debe, y antes de tiempo, de acuerdo a lo que establece una ordenanza municipal. La pegatina está por todos lados, genera quejas de los vecinos y se convierte en suciedad
A pesar de que la ordenanza que regula la colocación de cartelería en el espacio público de Río Cuarto es precisa en cuanto a los tiempos para hacerlo, los afiches de campaña se empezaron a pegar antes de lo permitido. Es que la ordenanza estipula que la pegatina debe empezar treinta días antes de los comicios, pero ya hace tiempo que la propaganda política callejera ya está colocada.
Vale recordar que las elecciones para gobernador provincial serán el próximo 7 de agosto, pero los afiches de campaña se vienen pegando desde apenas terminadas las internas. Es decir que los tiempos no se respetan.
Menos aún en lo que se refiere a las elecciones presidenciales, que serán el 23 de octubre. En este caso, los carteles aparecieron con mayor anticipación.
Fuera de lugar
Pero el punto más problemático no es el momento, sino los lugares donde se coloca la propaganda política. En este sentido, la normativa local es clara y prohíbe expresamente las pegatinas en las paredes y mobiliario público, entre otros. Sólo habilita a hacerlo sobre las carteleras y sobre los postes del alumbrado público, pero no directamente, sino sobre cartones o maderas que luego puedan retirarse fácilmente sin generar suciedad.
Incluso, volvieron a aparecer las pintadas sobre los paredones de viviendas particulares. Este tipo de “propaganda” está presente sobre todo en los barrios, mientras que los afiches proliferan en el centro y en algunos puntos estratégicos de la ciudad, donde hay mayor tránsito de personas.
Permisos
Por su parte, el presidente del Edecom, Jorge Méndez, explicó que “como las careteleras no están concesionadas, hay que pedir autorización al Municipio para hacer uso de ellas”.
En las últimas elecciones municipales -recordó Méndez-, la Junta Electoral notificó y emplazó que se proceda a la limpieza de la cartelería colocada durante la campaña.
“Esperemos que el sentido común prime, para mantener limpio el espacio público como plazas y avenidas”, manifestó Méndez.
En tanto, la titular del Área de Medio Ambiente del Edecom, Mable Pagano, explicó que “puede haber sanciones y el infractor debe hacerse cargo de la reparación del daño, en este caso la limpieza”.
Pagano dijo además que “permanentemente” controlan la colocación de afiches de publicidad y se confeccionan actas de infracción, y los responables son quienes colocan, quienes parecen y quienes promueven lo que se anuncia en los carteles”. “Tendremos mucho trabajo”, adelantó.
Qué dice la ordenanza que regula la cartelería
En Río Cuarto, la colocación de afiches, carteles y toda forma de publicidad gráfica en la vía pública está regulada por la ordenanza 346/09. La norma, sancionada el 2 de julio de 2009 y promulgada veinte días después, establece lugares específicos para la colocación de avisos, sean comerciales o de propaganda política.
Por eso la normativa prohíbe expresamente “realizar propaganda y/o publicidad de cualquier naturaleza, mediante el pegado de carteles en los lugares no habilitados para tal fin”.
La misma norma establece que los “lugares habilitados para realizar propaganda” gráfica en la vía pública son “las carteleras de uso público o aquellas que son de carácter privado o concesionadas por el Estado municipal”.
Además, estipula que a los contraventores les cabrá una multa, cuyo monto determina el Tribunal de Faltas municipal. La sanción se aplica a “las personas físicas o jurídicas que transgredieren la presente” ordenanza. Además, se consideran como “responsables solidarios, las personas físicas y jurídicas que fueren promocionadas en la publicidad” y las que intervengan directa o indirectamente en las tareas de pegado o colocación de carteles.
La colocación de afiches proselitistas debe efectuarse en “cartones o maderas, sujetados a las luminarias públicas”, y pueden hacerlo desde los 30 días anteriores a la fecha del acto comicial y deberán ser retirados dentro de los 15 días posteriores.
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