Anses: Cantidad de cuota del Fondo de Desempleo

Anses: Cantidad de cuota del Fondo de Desempleo

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) realiza el pago de una prestación a los empleados despedidos sin causa. La cantidad de cuotas del Fondo de Desempleo varía conforme a la antigüedad que se haya tenido en el empleo. La misma va de 2 a 12 meses. En caso de que el desempleado tenga 45 años de edad o más se liquidan 6 meses adicionales.

En febrero de 2022 se aplicó un aumento al fondo de desempleo. Con el ajuste, el importe mínimo es de $9167 y el máximo de $15278.

Durante la pandemia se han ido prorrogando los pagos del seguro de desempleo a quienes se les venía el pago. Sin embargo este año se decidió no volver a hacerlo.

Solamente se otorga este beneficio si la persona fue despedida sin una justa causa. Si renunció no corresponde el pago.

Tramitación del Fondo de Desempleo

Los interesados en tramitar el Fondo de Desempleo presencialmente deben solicitar un turno. El mismo se puede pedir desde la página de Mi Anses o la línea 130.

Otra alternativa para llevar adelante la gestión es a distancia. Para hacerlo de esta forma es necesario acceder al servicio Atención Virtual del portal del organismo previsional. Es necesario tener Clave de la Seguridad Social.

Documentación requerida Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta Cívica (LC) o Libreta de Enrolamiento (LE).

Una de la siguiente documentación:Despido sin causa: Telegrama de despido, carta documento o nota de despido con la firma del empleador certificada por un escribano público, entidad bancaria, funcionario del organismo previsional o autoridad judicial.

Despido por quiebra o concurso preventivo: Nota del síndico que indique la desvinculación laboral o sentencia de quiera autenticada por el juzgado.Resolución del contrato por denuncia del trabajador fundada en justa causa (Artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo): Telegrama de despido y Formulario PS 3.2 (Requerimiento de Actuación Administrativa Prestación por Desempleo).

Resolución del contrato de trabajo por denuncia del empleador fundada en la justa causa del despido: Telegrama de despido, telegramas del empleado rechazando la justa causa de despido y el Formulario PS 3.2.

No renovación de un contrato a plazo fijo: Contrato de trabajo vencido y Formulario PS 3.23.

En caso de ser beneficiario de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART) al momento de ocurrir el cese laboral, se requiere el certificado de alta médica o la resolución que determine un grado de incapacidad laboral permanente o definitiva menor al 66%.

Durante el percibimiento de la prestación, Anses liquida al titular asignaciones familiares. Además, el beneficio tiene cobertura médica de una obra social.

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