Analizan si todavía puede cobrarse millonaria deuda prescripta

Analizan si todavía puede cobrarse millonaria deuda prescripta
El Tribunal de Contralor cerró la investigación sobre funcionarios de Hacienda por no haber notificado a deudores del Municipio para evitar que caducara ese pasivo. Entendió que “no hubo negligencia” y consideró que las actuaciones realizadas por el Ejecutivo son “suficientes” para demostrar que la comuna “tuvo intención de suspender la prescripción de la deuda” tributaria que asciende a casi 2 millones de pesos. Llamativamente, el propio ex secretario del área había denunciado la falta de accionar municipal.
Podría ser ejecutable la millonaria deuda tributaria prescripta. Así se desprende del análisis que hizo el Tribunal de Contralor, que determinó que “no hubo negligencia” por parte de los funcionarios de Hacienda, quienes “tuvieron la intención de suspender la prescripción” de pasivos correspondientes al año 2008, que contribuyentes mantienen con el Municipio y que ronda los dos millones de pesos.

Esa fue la conclusión del órgano de control, en el marco del cierre de la investigación que apuntaba a determinar responsabilidades por la presunta prescripción de deudas tributarias. Llamativamente, había sido el propio ex Secretario de Hacienda, Ariel Gomis, quien radicó la denuncia ante el Contralor, cuya investigación ahora exceptúa de responsabilidades a los funcionarios involucrados.

En la etapa de instrucción del sumario, el órgano constató que, efectivamente, los edictos para suspender la caída de la deuda fueron publicados y que, si bien las actas presentan “algunos errores”, según la jurisprudencia, “alcanzan para demostrar la voluntad del acreedor (el Municipio) en realizar las actuaciones correspondientes para evitar la prescripción de los pasivos”.

En rigor, la prescripción se produce si la comuna no acciona a tiempo, para consolidar la deuda y lograr el posterior cobro. El plazo establecido es de cinco años, pero si se notifica al deudor por algún medio fehaciente, se suspende la prescripción, por el término de un año.

Es decir, que antes del 31 de diciembre de cada año, el área de Hacienda debe realizar las actuaciones administrativas correspondientes para que no prescriban las deudas superiores a 5 años de antigüedad.

Cuando promediaba el mes de febrero de este año, Gomis radicó una denuncia en el Contralor, en la que dejó asentado que las notificaciones y diligencias no se habían realizado, por lo que las arcas estatales, habían perdido la posibilidad de cobrar cerca de 2 millones de pesos en concepto de Tasa por Servicios, correspondiente al año 2008.

Sin embargo, el órgano de control determinó que sí se hicieron notificaciones, pero “será Asesoría Letrada del Ejecutivo la que deberá determinar la validez de esas actuaciones, para establecer qué porcentaje del pasivo se lleva a ejecución fiscal o no, con el existente riesgo de que el contribuyente oponga la prescripción y la deuda se vuelva incobrable”, explicó a ANB la vicepresidenta del Tribunal de Contralor, Dra. Daniela Núñez.

Lo cierto es que “la prescripción sólo puede ser determinada por el ámbito jurisdiccional correspondiente”, amplió la letrada.

Por ese motivo, el Tribunal de Contralor instó a Asesoría Letrada del Ejecutivo, a que realice un “exhaustivo análisis de las actas, y dé directivas “claras” en base a la normativa existente para que no se repita la confusa situación. En ese minucioso examen de las actas en cuestión, el Ejecutivo deberá determinar la capacidad de suspensión de prescripción de cada una.

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