El personal docente y no docente que haya sido transferido de Nación a Provincia y que no alcance la cantidad de años suficientes para acceder al retiro, podrá ahora acogerse a los beneficios jubilatorios otorgados por la provincia de Buenos Aires a través del IPS.
Según estimaciones oficiales, la medida beneficiaría a cerca de 9 mil docentes y no docentes transferidos quedarían, con la sanción de la norma, en igualdad de condiciones con sus pares bonaerenses. Desde la oposición llevan el número a 60 transferidos entre los que habría 30 jubilados que estarían en condiciones de reclamar el mismo tratamiento.
Ese grupo de docentes se encontró, tras la transferencia, en una situación de desventaja, debido a que no podían acceder a una jubilación de la Provincia sino que debían hacerlo a través del Anses, que no les reconocía la antigüedad en el cargo según se explica en los fundamentos del proyecto.
Concretamente en el proyecto se consigna que el personal docente y no docente dependiente de la DGCyE transferidos a la provincia de Buenos Aires por la aplicación de la Ley nacional Nº 24.049, Decreto Nº 962/92, aceptada por la ley provincial 11524, podrán acogerse a los beneficios de la jubilación otorgados por el IPS, como organismo otorgante aún cuando no reunieren los años de servicios previsionales exigidos por el organismo.
Además aclara que para ejercer dicho derecho el personal comprendido deberá haber desempeñado sus funciones en el territorio de la provincia de Buenos Aires por el término de quince años anteriores a la vigencia de la ley en cuestión.
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