Aluvión de consultas para poner en blanco a empleadas domésticas

Aluvión de consultas para poner en blanco a empleadas domésticas
La AFIP ya lanzó el formulario para que quienes cuenten con el servicio laboral domiciliario hagan el trámite para realizar los aportes de acuerdo con el nuevo régimen de trabajo para el rubro.
Los mendocinos que contratan servicios domésticos y quieren estar en regla para evitar costosos problemas en el futuro ya pueden bajar el nuevo formulario que lanzó ayer la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para realizar los aportes según lo establece el nuevo régimen de contrato de trabajo para el personal de casas particulares. El trámite se puede hacer en la página web y entre los cambios habrá que consignar la antigüedad y la categoría que corresponda a las empleadas.

Desde la Subsecretaría de Trabajo de la provincia estiman, por el aluvión de consultas para conocer detalles del nuevo régimen, que existe un gran interés de los empleadores en adherir al régimen y poner en blanco al personal que cumple tareas domésticas.

El formulario102/B incorpora los cambios que surgen de la nueva ley, la cual les reconoce a las empleadas domésticas ahora los mismos derechos de los que goza el resto de los trabajadores, como vacaciones pagas, licencia por maternidad y por enfermedad, indemnización por despido y una jornada de trabajo de 48 horas semanales como máximo.

La nueva ley contempla los casos del personal que trabaja jornadas laborales menos extensas. En la antigua norma todos los trabajadores que cumplían menos de cuatro horas diarias no tenían posibilidad de figurar en blanco, mientras que ahora se tiene en cuenta este aspecto y se reconoce el pago de un proporcional del sueldo mínimo estipulado para hacer el cálculo de remuneración.

Otra modificación que le aporta más estabilidad al trabajo doméstico es la reducción del período de prueba de un año a un mes. Es decir, pasados 30 días, el trabajador tiene derecho a ser indemnizado si es despedido.

Según Gabriela Mandón, jefa de asesores de la Subsecretaría de Trabajo, entidad encargada de controlar la aplicación de la ley, “el formulario es muy similar al anterior, sólo que incluye datos más individualizados del empleador y acerca del empleado”.

En el recibo de pago hay varios agregados: se incorpora la fecha de ingreso laboral de la empleada –un dato clave, por la antigüedad o a la hora del despido–, el puesto desempeñado según las categorías del personal, la cantidad de horas trabajadas, la modalidad de la liquidación (por día, semanal, mensual) y el detalle de la remuneración. También se incorporan otros conceptos, que pueden ser adicionales u horas extras, el aguinaldo y las vacaciones.

“Nuestra función es asesorar al público. Para ello contamos con una oficina especial para atender sobre el servicio doméstico. El nuevo régimen es muy positivo porque el anterior era muy viejo y precario, del año 1956. En cambio, éste es muy parecido a la Ley de Contratos de Trabajo”, dijo la funcionaria.

Un tema que preocupa a esta entidad que vela por los derechos de los trabajadores es que las ART (aseguradoras de riesgos del trabajo) aún no tienen reglamento para registrar el seguro de riesgos de trabajo de las domésticas (ver infografía).

De todos modos, frente a esta traba “muchos empleadores optan por hacer un seguro civil hasta que salga el seguro de la ART”, comentó Mandón.

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