Afirman que los productores rurales “sólo reaccionan cuando sienten afectados sus intereses económicos”

Luego de que representantes del INTA, UCIP, Colegio de Ingenieros Agrónomos, Sociedad Rural, Cámara de Kiwi, Cooperativa de Horticultores y Asociación Frutihortícola y afines de General Pueyrredon pidieran al Concejo Deliberante la modificación o suspensión de la ordenanza 18.740, que regula el uso de agroquímicos en todo el distrito, por considerar que resulta “extrema e inaplicable”; la Asamblea de vecinos autoconvocados “Paren de Fumigarnos”, aseguró que los ruralistas“sólo reacciona cuando sienten afectados sus intereses económicos” y reclamaron la implementación de la normativa.
A través de una nota presentada al HCD, la Asamblea de vecinos autoconvocados “Paren de Fumigarnos”, rechazó el reclamo efectuado días atrás por referentes de la actividad agrícola de General Pueyrredon, en el que exigían modificaciones y hasta la suspensión de la ordenanza 18.740 que regula la utilización de agroquímicos en espacios lindantes a la zona urbana de Mar del Plata. Tras manifestarse “alarmados por la pretensión del sector productivo de seguir fumigando en un área menor a los 1000 metros de las viviendas”, los vecinos aclararon en primer término que “la ordenanza 18.740 no prohíbe el uso de agrotóxicos en toda el área productiva de General Pueyrredon, sino en la franja de seguridad de 1000 metros próximos a las viviendas”. Asimismo, remarcaron que “hasta que se logre un consenso entre todos los actores involucrados -consenso que priorizará la salud y la vida por sobre los intereses económicos- se debe aplicar la normativa legal vigente considerándose asimismo las investigaciones y pronunciamientos independientes: la Constitución Nacional, art. 41; la Constitución de la Provincia de Bs.As., art.28; la ley nacional del ambiente, art. 4; el fallo del Tribunal de Familia Nº2 de la ciudad de Mar del Plata; la resolución 147/2010 de la Defensoría del Pueblo de la Nación; el informe de la misma Defensoría “Los efectos de la contaminación ambiental en la niñez, una cuestión de derechos”; la resolución 32/2011 de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires; la posición del Programa Interdisciplinario de Bioética de la Universidad Nacional de Mar del Plata, 2010; la posición de la Decana de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Mar del Plata Ing. Agrónoma Virginia Hamdan (CED 768), 2010; la resolución del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Mar del Plata (OCS 1360), 2011; la declaración del Consejo Académico de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad Nacional de Mar del Plata (DCA 001), 2011; el informe del Congreso de Médicos de Pueblos Fumigados, Universidad Nacional de Córdoba, 2010 y el informe sobre la siembra directa, INTI, 2010″. También se respaldaron en “la declaración del Primer Congreso Latinoamericano de Salud Socioambiental, 2011; las investigaciones independientes sobre el tema: Miglioranza K 1999, 2001, 2002, 2003, 2004, Gutiérrez HG & Arregui MC 2000, González M 2003, Souza Casadinho J & Bocero S 2008, Carrasco 2010 A, Momo FM 2010, Paganelli KA 2010, entre otras; así como en los numerosos fallos y ordenanzas de todo el país. Resaltamos especialmente el fallo de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires sobre acción de amparo por fumigaciones en el Partido de Alberti (2012)”. En ese marco, aseveraron que “el trabajo responsable no es la característica de las organizaciones firmantes de la nota, que sólo reaccionan cuando sienten afectados sus intereses económicos”. “Nos hubiera gustado encontrarlas exigiendo los controles indispensables de los productos agrícolas que llegan a la mesa de la comunidad, análisis de suelos que protejan la biodiversidad, análisis de aguas que nos digan cómo afectan los actuales modos de producción a este recurso vital, etcétera”, puntualizaron. En tanto, advirtieron: “Ellos y nosotros sabemos que es imposible controlar lo que llaman buenas prácticas (sin que se sepa muy bien de que se trata) cuando les parece tan difícil controlar las fumigaciones en la franja establecida por la ordenanza 18.740”. Y enfatizaron: “Ya es muy tarde para apelar al trabajo responsable cuando los efectos de este modo de producción dejaron secuelas de enfermedad y contaminación a lo largo de todo el territorio nacional”. “Los lineamientos que en la nota se proponen para la producción, surgen de las instituciones ligadas al agronegocio sin tener en cuenta la voz de los afectados ni de las instituciones que tienen que ver con la salud, con la biodiversidad, con la vida”, subrayaron. Por último, desde la Asamblea de autoconvocados exigieron “el cumplimiento efectivo, en todo su articulado de la Ordenanza 18.740”, y “la difusión en los medios masivos de comunicación de la prohibición de las fumigaciones según lo dicta la misma norma y los teléfonos de denuncia, las 24 horas”.

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