No obstante, los contribuyentes no pueden cumplir con una exigencia legal que obliga a contratar seguro de ART. Aún no hay pólizas para esta actividad porque la norma no ha sido reglamentada.
No obstante, la norma aún tiene un talón de Aquiles que no se ha podido resolver. La ley obliga a los empleadores a contratar un seguro de ART, pero las compañías aún no ofrecen este tipo de pólizas porque no ha salido la reglamentación que permita poner en práctica esta nueva exigencia.
Como ninguna empresa ha tenido -hasta ahora- este producto, tienen que diseñar uno a la medida del rubro laboral. La particularidad de este trabajo hace que el seguro de prevención de riesgo de trabajo tenga diferencias respecto a los seguros de ART convencionales.
En primer lugar es muy común que el personal que trabaja en tareas domésticas tenga más de dos empleadores, por lo tanto hay que definir cómo y en qué proporción pagará la póliza cada empleador.
Además hay que definir qué tipo de cobertura se dará con el producto, (muerte e invalidez y también asistencia médica y farmacéutica, por ejemplo) y cuánto costará.
La indefinición de este aspecto ha demorado la implementación plena de la ley 26.844, que fue sancionada en marzo, promulgada el 11 de abril y que se puso en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial. La norma reemplazará un decreto ley del año 1956 que contemplaba como únicos beneficios para las empleadas domésticas el pago del aguinaldo y las vacaciones.
Mauricio Miretti, jefe de Prevención de ART de la Unidad de Negocios Mendoza del Grupo Sancor Seguros, reafirmó que aún no hay productos a la venta para asegurar el trabajo doméstico.
“Hasta que se conozca la reglamentación de la Superintendencia de Seguros de Riesgo de Trabajo, las empresas no pueden ofrecen productos. Hay que ver qué tipo de cobertura se va a ofrecer. Por lo que suponemos todos, se va a encuadrar dentro de los trabajadores pluriempleados, como puede ser un docente que trabaja en varias escuelas”, ejemplificó Miretti.
En resumen hasta ahora el tema es un gran dolor de cabeza para quienes deben registrar al personal doméstico porque están obligados por ley pero al momento de concretar el trámite se exige la contratación de un seguro de ART.
Como aún no existe una póliza las empresas de seguros están ofreciendo una cobertura de accidentes personales para resguardar la responsabilidad del empleador y la integridad del empleado.
Estos seguros salen en promedio entre $125 y $171 mensuales.
Se estima entonces que el seguro de ART costará más o menos lo mismo.
En promedio una póliza de seguro está en $200, considerando que las más baratas rondan los $100 para el caso de los empleados administrativos -que tienen poco riesgo laboral-.
Las más caras rondan los $400, para el caso de los empleados de la construcción, una de las actividades estadísticamente más riesgosas en todo el mundo.
Aviso formal en marcha
El plazo estipulado por la AFIP para concretar la registración finalizó el 30 de junio. Cumplido ese plazo, el organismo encabezado por Ricardo Echegaray presume que los contribuyentes con ingresos que parten desde los $500.000 anuales, y tienen un patrimonio de $305.000 o más, pueden tener personal doméstico y por lo tanto mandan intimaciones.
Aunque ese plazo ya venció, quien no lo ha afectuado, debe hacerlo. El trámite se hacer por internet y con clave fiscal.
Según aconsejaron desde AFIP Mendoza, aquellos que recibieron las intimaciones y no tienen personal doméstico, es conveniente que respondan a la intimación del organimsmo aclarando que no tienen personal empleados en su casa.
Pero aquellos que recibieron intimación y sí tienen personal que trabaja en el hogar tienen que inscribirse en el Registro Especial de Personal de Casas Particulares, puesto en vigencia con la resolución 3.491.
El trámite se realiza a través de la web de la AFIP www.afip.gob.ar En la intimación se recuerda que los contribuyentes que no registren la relacion laboral están en infracción y están sujetos de ser sancionados.
Para tener más información hay que ingresar a www.afip.gov.ar/casasParticulares/ o comunicarse al 0800-222- 2526.
Avances
Desde ahora los trabajadores domésticos (mucamos/as, niñeras, mayordomos, amas de llaves, cocineros, y porteros) podrán gozar de las mismas licencias que el resto de los empleados, es decir, por enfermedad, maternidad, casamiento o vacaciones.
También se establece en la nueva ley que la jornada laboral es de 8 horas diarias o 48 semanales y que el resto debe pagarse como horas extras.

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