La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) clausuró nueve reconocidos locales ubicados en la provincia de Córdoba luego de constatar que los comercios no emitían comprobantes a sus clientes. Las sanciones van entre tres a ocho días.
Cabe destacar que no emitir de facturas o tickets de compra es una infracción al Artículo 40 de la Ley de Procedimiento Tributario y es un motivo de clausura. Otras razones pueden ser emitir facturas manuales; entregar facturas con CAI vencido; no poseer controlador fiscal; no exhibir la constancia de reempadronamiento del controlador y no exhibir la placa y/o pago del Monotributo.
Con el objetivo de desalentar la competencia desleal, la Afip implementó desde hace un tiempo la figura del “Agente Fedatario”
-más conocido como “encubierto”- para verificar la correcta emisión de facturas y el nivel real de facturación de esos locales. También se realizaron controles de caja con presencia de funcionarios en forma permanente en los puntos de venta para conocer el nivel de facturación real de las empresas.
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