El alperovichismo quiere que anule su obligación de publicar en los medios las convocatorias públicas para contratar trabajos o servicios
Cambio sustancial
Hasta ahora, el artículo 14, inciso "b" de la Ley 5.854 establece que toda obra pública por licitar debe ser publicada durante cuatro días en el Boletín Oficial y, por lo menos, en un diario, "de los de mayor circulación de la Provincia".
En su reemplazo, el alperovichismo propone -como regla- que los avisos sean publicados durante cuatro días en el Boletín Oficial y en el sitio web que la Provincia tiene en internet. Y agrega que la información será comunicada (ya no se usa el verbo publicar) "a uno de los diarios de circulación en la Provincia", por lo menos. En este último caso, ya no se trata expresamente de un aviso, sino de una mera comunicación. Además, en relación con el medio de comunicación, el proyecto no precisa cuál debe ser su tirada ni tampoco si debe ser de edición local o nacional.
Acto discrecional
La parte final de la propuesta sustitutiva del inciso "b" del artículo 14 de la Ley 5.854 refuerza el concepto de que el pautar espacios publicitarios (para difundir los llamados a licitación pública) pasará a ser un acto discrecional del gobernador, que, además, no estará obligado a concertar con un medio provincial. "Autorízase al Poder Ejecutivo la contratación de avisos publicitarios en diarios locales y/o de otras jurisdicciones, y la ampliación de los términos y plazos establecidos cuando se estime necesario", prevé el nuevo texto.



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